La pena de exilio en la legislación hispanogoda

Autores/as

  • Augusto Prego de Lis

Resumen

Este trabajo trata de seguir la evolución del concepto de

exsilium como pena judicial y penal a lo largo del periodo visigodo, que cambia de sentido y significado paralelamente a la generalización de la antropología monástica en ese periodo y a la progresiva fusión de los ámbitos terrenal y espiritual en la sociedad hispanogoda. El exsilium se convierte así en una reclusión de tipo penitencial en un monasterio. Ese cambio se produce en dos etapas:

Adopción por parte de los legisladores de un castigo eclesiástico, la reclusión en un monasterio, como pena judicial sobre laicos, a mediados del siglo VI.

Adopción por parte de los legisladores eclesiásticos de un término judicial vacío de sentido en el mundo monástico, el

exsilium, para referirse a la reclusión penitencial en un monasterio.

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Publicado
24-05-2006
Cómo citar
Prego de Lis, A. (2006). La pena de exilio en la legislación hispanogoda. Antigüedad y Cristianismo, (23), 515–529. Recuperado a partir de https://revistas.um.es/ayc/article/view/49802