Perspectiva bioética del Trastorno por déficit de atención e hiperactividad (TDAH)

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DOI: https://doi.org/10.6018/bioderecho.389011
Palabras clave: Bienestar, medicalización, TDAH, Bioética.

Resumen

La aparición del Estado del bienestar a mitad del siglo XX tuvo consecuencias sanitarias que culminan con el reconocimiento del derecho a la protección de la salud y el deber de asistencia sanitaria del Estado, con una extensión de la medicina a campos desconocidos, medicalizando la vida de las personas. El TDAH es un caso paradigmático, convirtiéndose en una patología psiquiátrica a partir de su inclusión en el DSM-III 1980, con inconsistencias y subjetividad en las clasificaciones. La etiología del trastorno es desconocida, su diagnóstico es subjetivo y dudoso, su tratamiento poco efectivo y con riesgos, incrementando el número de casos diagnosticados y los beneficios de la industria farmacéutica. Desde la Bioética se impone una reflexión sobre los posible daños derivados de la medicalización (no-maleficencia), una prudente actuación de los profesional (beneficencia), respeto al criterio de niños y adolescentes (autonomía) y una perspectiva crítica en relación con el gasto derivado de su diagnóstico (justicia).

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Publicado
14-07-2019
Cómo citar
García Capilla, D. J., & Torralba Madrid, M. J. (2019). Perspectiva bioética del Trastorno por déficit de atención e hiperactividad (TDAH). Bioderecho.es, (8), 11 págs. https://doi.org/10.6018/bioderecho.389011