Incapacidad de los menores de edad para registrarse en las redes sociales en España

Autori

  • Daniel Arnaiz Boluda Universidad Europea de Madrid
DOI: https://doi.org/10.6018/analesderecho.560071
Parole chiave: redes sociales, capacidad contractual, menores de edad, mayores de 14 años, usos sociales

Abstract

Las redes sociales se han convertido en una forma de comunicación con el resto de la sociedad, tanto amigos cercanos o compañeros de trabajo como con personas a las que no se conoce, creando contenido y compartiéndolo públicamente. El auge entre los menores de edad es aún más exitoso que entre los adultos si cabe. TikTok, Meta (antiguo Facebook), Twitter, WhatsApp, Instagram, Google y YouTube son algunas de las más importantes que se han tenido en cuenta en este artículo. Es por ello por lo que se analiza la validez de estos contratos aceptados por los menores de 18 años concluyendo la ausencia de dicha capacidad contractual y siendo, por tanto, todos esos contratos anulables por sus padres o tutores.

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Pubblicato
11-03-2024
Come citare
Arnaiz Boluda, D. (2024). Incapacidad de los menores de edad para registrarse en las redes sociales en España. Anales de Derecho, 41(1), 125–170. https://doi.org/10.6018/analesderecho.560071
Fascicolo
Sezione
Aula y Práctica