Incapacidad de los menores de edad para registrarse en las redes sociales en España

Autores/as

  • Daniel Arnaiz Boluda Universidad Europea de Madrid
DOI: https://doi.org/10.6018/analesderecho.560071
Palabras clave: redes sociales, capacidad contractual, menores de edad, mayores de 14 años, usos sociales

Resumen

Las redes sociales se han convertido en una forma de comunicación con el resto de la sociedad, tanto amigos cercanos o compañeros de trabajo como con personas a las que no se conoce, creando contenido y compartiéndolo públicamente. El auge entre los menores de edad es aún más exitoso que entre los adultos si cabe. TikTok, Meta (antiguo Facebook), Twitter, WhatsApp, Instagram, Google y YouTube son algunas de las más importantes que se han tenido en cuenta en este artículo. Es por ello por lo que se analiza la validez de estos contratos aceptados por los menores de 18 años concluyendo la ausencia de dicha capacidad contractual y siendo, por tanto, todos esos contratos anulables por sus padres o tutores.

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Publicado
11-03-2024
Cómo citar
Arnaiz Boluda, D. (2024). Incapacidad de los menores de edad para registrarse en las redes sociales en España. Anales de Derecho, 41(1), 125–170. https://doi.org/10.6018/analesderecho.560071
Número
Sección
Aula y Práctica