LA DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS ENTRE EL ESTADO Y LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS EN MATERIA DE TRABAJO, EMPLEO Y PROTECCIÓN SOCIAL: UNA SINOPSIS
Abstract
La Constitución española de 1978 reserva al Estado la regulación de las relaciones laborales, así como la legislación básica y el régimen económico de la Seguridad Social; las Comunidades Autónomas pueden, por su parte, asumir la ejecución de la legislación laboral, desarrollar las normas estatales en materia de Seguridad Social y ordenar, como competencia exclusiva, la política de asistencial social. Sin embargo, el desarrollo postconstitucional del reparto de competencias que la Carta Magna prevé en materias socio-laborales no siempre ha sido pacífico.El presente estudio se propone efectuar una sinopsis del estado de la cuestión, desde la experiencia que proporcionan los últimos veintisiete años de régimen constitucional.
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