La necesidad de reformar la medida de seguridad libertad vigilada
Una mirada desde el Derecho comparado
Abstract
Después de casi una década desde la introducción en el Código penal español de la medida de seguridad libertad vigilada solo es posible plantear si quiera más dudas sobre su regulación, imposición y sobre todo su ejecución de los que en su día surgieron por parte de la doctrina especializada. En el presente trabajo se pretende se expondrá brevemente cual es el estado de la cuestión de la realidad práctica de la libertad vigilada en España para luego pasar al análisis de la regulación de instituciones jurídicas de naturaleza similar en el Derecho anglosajón con el objetivo de comprender cómo allí se está planteando su ejecución y sobre todo cómo es regulada. El objetivo final no es otro que buscar en el Derecho comparado posibles soluciones a la falta de regulación de la ejecución de la libertad vigilada regulada en el art. 106 del Código penal español.
Downloads
Riferimenti bibliografici
ACALE SÁNCHEZ, M., “Libertad vigilada”, ÁLVAREZ GARCÍA, F. J./GONZÁLEZ CUSSAC, J. L. (Dirs.), Comentarios a la Reforma Penal de 2010, Ed. Tirant lo Blanch, Valencia, 2010.
ACALE SÁNCHEZ, M., Medición de la respuesta punitiva y Estado de Derecho, Ed. Aranzadi, Cizur Menor, 2011.
ADAMS / ROTH, “Federal Offenders under Community Supervision, 1987-1996”, Bureau of Justice Statistics: special report, Ed. U.S. Department of Justice, 1998.
ASHWORTH, A., Sentencing and criminal justice, Ed. Cambridge University Press, 2015.
BAER, H. Jr., “The alpha and omega of supervised release”, Albany Law Review, vol. 60, 1996-1997.
BELLOT, J., “To Humiliate or not to humiliate: does the sentencing reform act permit public shaming as a condition of supervised release?”, University of Memphis Law Review, vol. 38, 2008.
BOWKER / GRAY, “An introduction to the supervision of the Cybersex Offender”, Federal Probation, vol. 68, núm. 3, 2004.
BRENNAN, “Project: nineteenth annual review of criminal procedure: United States Supreme Court and courts of appeals 1988-1989”, Georgetown Law Journal, Vol. 78, 1990.
CORRELL, F. E. JR., “You fall into Scylla in seeking to avoid Charybdis: the second circuit’s pragmatic approach to supervised release for sex offenders”, William and Mary Law Review, vol. 49, 2007.
DOYLE, C., “Supervised release: a brief sketch of federal law”, WILLIAMS, O. (editor), Federal crimes sentencing, supervised release and restitution, Ed. Nova Science Publishers, New York, 2011.
EASTON, S / PIPER, C., Sentencing and Punishment. The quest for justice, Ed. Oxford University Press, 2016.
GARCÍA ALBERO, R., «De las medidas de seguridad», QUINTERO OLIVARES, G. (Dir.), Comentarios al Código Penal español, Ed. Aranzadi, 2016.
GARCÍA ARÁN, M., “El discurs mediàtic sobre la delinqüència i la seva incidència en les reformes penals”, Revista Catalana de Seguretat Pública, núm 18, 2008.
MARTEACHE SOLANS, N.; MARTÍNEZ GARCÍA, M.; PÉREZ RAMÍREZ, M., “Comparación entre opinión pública y "opinión pública meditada" en relación a la delincuencia sexual”, Revista Española de Investigación Criminológica, núm 8, 2010.
COHEN, T.; SPIDELL, M., “How dangerous are they? An analysis of sex offenders under federal Post-conviction Supervision”, Federal Probation, september 2016.
GUDÍN RODRÍGUEZ-MAGARIÑOS, G., La nueva medida de seguridad postdelictual de libertad vigilada: especial referencia a los sistemas de control telemáticos, Ed. Tirant lo Blanch, Valencia, 2012.
HINOJOSA, R. et al., “Final Report on the Impact of U.S. v. Booker on Federal Sentecing”, United States Sentencing commission, March 2006.
HUERTA TOCILDO, S., «Esa extraña consecuencia del delito: la libertad vigilada», ÁLVAREZ GARCÍA, F. J/et. al. (coords.), Libro homenaje al profesor Luis Rodríguez Ramos, Ed. Tirant lo Blanch, Valencia, 2012.
KRAUSE, C. / PAZICKY, L., “An Un-Standard Condition: Restricting Internet Use as a Condition of Supervised Release”, Federal Sentencing Reporter, vol. 20, núm. 3, 2008
MARTÍNEZ GARAY, L., “La libertad vigilada: regulación actual, perspectivas de reforma y comparación con la Fürungsaufsicht del Derecho penal alemán”, Revista General de Derecho Penal, núm. 22, 2014.
NOSEWICZ, T., “Watching Ghosts: Supervised Release of Deportable Defendants”, Berkley Journal of Criminal Law, vol. 14:105, 2009.
PÉREZ BELLO, B., «Ejecución de penas y medidas de seguridad, en especial la libertad vigilada», Revista Jurídica de Catalunya, núm. 4, 2011.
PERTERSILIA, J., “Parole and prisoner reentry in the United States”, Crime and Justice, vol. 26, Prisons, 1999.
PRATT, Revocation of probation and supervised release, Office of Defender Services Training Branch, 2004.
ROSENBERG, I., “Involuntary endogenous RFID compliance monitoring as a condition of federal supervised release – chips ahoy?”, Yale Journal of Law & Technology, vol. 10, 2007/2008.
SALAT PAISAL, M., “Regulación actual de la medida de seguridad de libertad vigilada y su aplicación por parte de los tribunales”, Anuario de la Facultad de Derecho de la Universidad de la Coruña, vol. 20, 2016.
SALAT PAISAL, M., La respuesta jurídico-penal a los delincuentes imputables peligrosos: especial referencia a la libertad vigilada, Ed. Aranzadi, 2015.
SANZ MORÁN, A. J., “La nueva medida de libertad vigilada: reflexión político-criminal”, MUÑOZ CONDE, F., et al. (Dirs.), Un Derecho penal comprometido. Libro homenaje al Prof. Dr. Gerardo Landrove Díaz, Ed. Tirant lo Blanch, Valencia, 2011.
SESSIONS, W. et al., “Federal Offenders Sentenced to Supervised Release”, The United States Sentencing commission, July 2010.
SHOCKLEY, “Protecting due process from the PROTECT ACT: the problems with increasing periods of supervised release for sexual offenders”, Washington & Lee Law Review, vol. 67, 2010.
SIERRA LÓPEZ, M., La medida de libertad vigilada, Ed. Tirant lo Blanch, Valencia, 2013.
SMITH, “Vagueness and the prohibition of pornography as a condition of supervised release”, St. John’s Law Review, vol. 84, 2010.
TORRES ROSELL, N., «Libertad vigilada y seguimiento continuado de penados: contenido e implicaciones político criminales», Revista Electrónica de Ciencia Penal y Criminología, 14-06, 2012.
Las obras que se publican en esta revista están sujetas a los siguientes términos:
1. El Servicio de Publicaciones de la Universidad de Murcia (la editorial) conserva los derechos patrimoniales (copyright) de las obras publicadas, y favorece y permite la reutilización de las mismas bajo la licencia de uso indicada en el punto 2.
2. Las obras se publican en la edición electrónica de la revista bajo una licencia Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 3.0 España (texto legal). Se pueden copiar, usar, difundir, transmitir y exponer públicamente, siempre que: i) se cite la autoría y la fuente original de su publicación (revista, editorial y URL de la obra); ii) no se usen para fines comerciales; iii) se mencione la existencia y especificaciones de esta licencia de uso.
3. Condiciones de auto-archivo. Se permite y se anima a los autores a difundir electrónicamente las versiones pre-print (versión antes de ser evaluada) y/o post-print (versión evaluada y aceptada para su publicación) de sus obras antes de su publicación, ya que favorece su circulación y difusión más temprana y con ello un posible aumento en su citación y alcance entre la comunidad académica. Color RoMEO: verde.