Protección del trabajador en caso de demora de la calificación de incapacidad permanente
Abstract
RESUMEN: El retraso en la calificación como permanente de la incapacidad laboral que, eventualmente, pueda sufrir el afiliado al sistema de Seguridad Social, una vez que agotado el plazo máximo de su incapacidad temporal, aún se presume (médicamente) que podría recuperar la capacidad de trabajo –o al menos parte de ella-, le provoca ciertos trastornos jurídicos cuya protección no siempre viene garantizada por el ordenamiento jurídico.
La prórroga especial que se genera en esta situación interina de “puente” hacia la permanencia en la incapacidad, en ese punto intermedio entre incapacidades en que la temporal ya se ha extinguido pero la permanente aún no ha sido necesariamente declarada, no es del todo homologable, en términos de equiparación de derechos sociolaborales del incapaz, con su antecesora la vieja institución de la “invalidez provisional”.
Precisamente de lo que trata la monografía es de encontrar y proponer fórmulas que palien, en cierta medida, las situaciones adversas vinculadas a esta demora, como pueden ser la ausencia, o la carencia específica de cotización, o la suspensión del contrato de trabajo, sin que haya de prevalecer, sobre el interés del beneficiario, el ahorro de costes de la Seguridad Social que desvela el legislador en su itinerario de reformas, emprendido hace ya más veinte años.
Downloads
-
Abstract5873
-
PDF (Español (España))1080

This work is licensed under a Creative Commons Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 International License.
The journal is object of publication in electronic and printed form. With the object of the first one, the author is supposed aware, being presumed that he lends his consent to such form of publication by the circumstance of presenting his manuscript. At the time of the printed edition the author will receive, of free form, 25 offprints of his contribution.