La condicionalidad de los fondos europeos y las obligaciones en materia de contratación pública. La experiencia española

Autores/as

  • David Ordóñez Solís Magistrado
DOI: https://doi.org/10.6018/analesderecho.582611
Palabras clave: Fondo europeo, Contrato público, Irregularidad, Corrección financiera, Fraude

Resumen

El incumplimiento de las obligaciones del Derecho de la Unión, como pueden ser las relativas a los contratos públicos, constituye una irregularidad que es susceptible de correcciones financieras en los fondos europeos asignados a las autoridades nacionales y, en su caso, a las empresas y a los particulares. La regulación de los fondos europeos, especialmente de los Fondos estructurales y de cohesión, ha tratado de mejorar paulatinamente su vinculación o condicionalidad con el cumplimiento de las obligaciones europeas en materia de contratación pública. La jurisprudencia del Tribunal de Justicia, especialmente en lo que se refiere a la gestión compartida de los fondos europeos, así lo revela, subrayando la relación entre la gestión de los fondos europeos y el respeto de las normas sobre contratación pública. La experiencia española que ha canalizado un importante volumen de fondos europeos no es especialmente edificante en lo que se refiere al cumplimiento de las obligaciones en materia de contratación pública. Y aun cuando se han establecido mecanismos para asegurar la repercusión de las responsabilidades financieras se ha cuidado poco la mejora de la gestión de los fondos europeos y el cumplimiento de las obligaciones europeas de contratación pública.

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Publicado
28-12-2023 — Actualizado el 15-01-2024
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Cómo citar
Ordóñez Solís, D. (2024). La condicionalidad de los fondos europeos y las obligaciones en materia de contratación pública. La experiencia española. Anales de Derecho, 40(2), 108–152. https://doi.org/10.6018/analesderecho.582611 (Original work published 28 de diciembre de 2023)