Consideraciones sobre el sistema de elección de los vocales del Consejo General del Poder Judicial
Resumen
En el presente artículo se examina el sistema de designación de los vocales del Consejo General del Poder Judicial a la luz de la Ley Orgánica 2/2001, de 28 de junio, sobre composición del Consejo General del Poder Judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial que, al limitar el monopolio de los grupos parlamentarios en la presentación de los can- didatos a ocupar las vacantes del Consejo, pudiera hacer pensar que serviría para proveer a la renovación de este órgano en tiempo y forma. Ello, sin embargo, no ha sido así, como han puesto de manifiesto las dificultades anejas a la renovación de la composición de este órgano prevista para 2006. Para evitar esta situación, planteamos una serie de propuestas de mejora.Descargas
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