EL DERECHO DE REUNIFICACION FAMILIAR DEL EXTRANJERO EM ESPAÑA (DESDE LA PERSPECTIVA DE UN INTERNACIONALISTA)
Resumen
Aunque el Derecho Internacional General no obliga a los Estados a reconocer el derecho de reagrupación familiar de los extranjeros residentes, algún tratado internacional sí lo hace. Nuestro país es parte en uno de esos tratados, de ámbito regional, como la Carta Social Europea (1961) auspiciada por el Consejo de Europa. En aplicación del mismo, el Derecho español ha reconocido ese derecho y ha regulado su ejercicio en la llamada Ley de Extranjería vigente (2000) y en su Reglamento de ejecución (2001). Esta legislación tendrá en su caso que sufrir algún ajuste de conformidad con las normas que respecto de este derecho adopte en su caso la Unión Europea.Descargas
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