SOBRE LA TEORÍA IMPERATIVISTA DE LA NORMA JURÍDICA

Autores/as

  • Alberto Montoro Ballesteros
Palabras clave: Norma jurídica y elementos de la misma, diferentes concepciones de la «orden de validez» que la norma jurídica entraña = norma, mandato, precepto, teoría imperativista de la norma, teoría imperativista de fundamentación teológica

Resumen

La norma jurídica es el elemento más simple del Derecho u ordenamiento jurídico entendido como fenómeno cultural. Desde el punto de vista lógico-formal la norma reviste la forma y estructura de una proposición condicional = si A, «debe ser» B. En dicha proposición están comprendidos los elementos esenciales de la norma = el «supuesto de hecho» (A), la «consecuencia de Derecho» (B) y el «nexo o vínculo» («debe ser»). Este último elemento constituye el centro de gravedad de toda la discusión doctrinal acerca de la naturaleza de la norma. Se trata de aclarar y precisar el sentido de la «orden de validez» («deber ser») en que consiste toda norma jurídica. A este respecto ha destacado en la doctrina la tesis que ve en la norma un mero imperativo o mandato (teoría imperativista). II. La teoría imperativista de la norma descansa sobre los supuestos filosóficos del relativismo, del nihilismo y del voluntarismo. El poder (potestas) es el fundamento último de su validez y ha revestido diversas formas históricas, entre las que destacan: 1. La teoría imperativista de la ley de fundamentación teológica: nominalismo y voluntarismo de Ockam y negación de todo «objetivismo ético». 2. La teoría imperativista de la ley de fundamentación filosófico-polítca : doctrinas políticas de Marxilio de Padua, Maquiavelo, Bodino, Hobbes… Con ello la «summa potestas» que el voluntarismo teológico atribuía a Dios se traslada, en virtud de la secularización del orden político, a un sujeto temporal bajo la denominación de «soberanía». La titularidad de ese poder soberano fue atribuída sucesivamente por el pensamiento polítco: a) Al Rey (Monarquía absoluta), apareciendo así una concepción absolutista de la ley. b) Al Pueblo y a la Nación (Estado liberal) teorías de Rousseau, Sieyès y Fichte. Surge la concepción liberal de la ley. c) Al Estado (Hegel). El Estado en cuanto «Dios real», es el títular del poder único y supremo en que consiste la soberanía y la fuente última de toda ley. 3. La teoría imperativista de la norma de fundamentación científico-jurídica. Aparición del positivismo jurídico como teoría científica del Derecho que se despliega en diferentes formulaciones de signo normativista, sociológico, etc (Austin, Thon, Ihering, Somló, Kelsen…). Últimas formulaciones doctrinales del imperativista: el Realismo jurídico escandinavo y otras recientes manifestaciones de la teoría imperativista.

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Biografía del autor/a

Alberto Montoro Ballesteros

Catedrático de Filosofía del Derecho
Universidad de Murcia
Cómo citar
Montoro Ballesteros, A. (2007). SOBRE LA TEORÍA IMPERATIVISTA DE LA NORMA JURÍDICA. Anales de Derecho, 25, 133–180. Recuperado a partir de https://revistas.um.es/analesderecho/article/view/64451
Número
Sección
Estudios