LA MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO CIVIL EN MATERIA DE SEPARACIÓN Y DIVORCIO POR LA LEY 15/2005, DE 8 DE JULIO
Resumen
El artículo 32 de la Constitución Española de 1978, contiene un mandato al legislador para que regule los derechos y deberes de los cónyuges con plena igualdad jurídica, así como las causas de separación, las de disolución del matrimonio y sus efectos. A tal fin, la Ley habría de tener en consideración que el derecho a contraer matrimonio se configura como un derecho constitucional (SENTENCIAS DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL 184/1990, de 15 de noviembre y 29, 30, 31, 35 y 38/1991, de 14 de febrero), cuyo ejercicio no podía afectar, ni menoscabar la posición jurídica de ninguno de los esposos, dando lugar a una relación jurídica disoluble por las causas que la ley dispusiera. Siguiendo este planteamiento se elaboró y aprobó la Ley 30/1981, de 7 de julio, de modificación de la regulación del matrimonio en el Código Civil, estableciendo el procedimiento seguido en las causas de nulidad, separación y divorcio.Descargas
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