EL DERECHO DE LAS CONFESIONES RELIGIOSAS A DESIGNAR A SUS MINISTROS DE CULTO

Autores/as

  • Lourdes Babé Nuñez

Resumen

La LOLR reconoce en el artículo 6.1, el derecho a la autonomía a las confesiones religiosas inscritas. De un modo específico, dicha autonomía se reconoce a la Iglesia Católica en el artículo I. 1 y 2 del AJ. Las otras confesiones que han suscrito acuerdo, si bien no cuentan con una fórmula legal de esas características, si recogen en sus textos, contenidos que la ponen de manifiesto en ciertas materias.(...)

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Biografía del autor/a

Lourdes Babé Nuñez

Profesora de Derecho Eclesiástico del Estado
Universidad de Murcia
Cómo citar
Babé Nuñez, L. (2001). EL DERECHO DE LAS CONFESIONES RELIGIOSAS A DESIGNAR A SUS MINISTROS DE CULTO. Anales de Derecho, 19, 197–204. Recuperado a partir de https://revistas.um.es/analesderecho/article/view/56591
Número
Sección
Legislación