El Trabajador como sujeto infractor en materia de prevención de riesgos laborales

Autores/as

  • Concepción Monerri Guillén "Universidad de Murcia"
  • Concepcion Monerri Guillén Universidad de Murcia
Palabras clave: Trabajador. Obligaciones, Prevención de riesgos, Deberes, Responsabilidad Civil.

Resumen

En la relación laboral, el empresario no es el único que por acción u omisión puede incumplir las prevenciones establecidas en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Como en todo contrato bilateral, la otra parte de la relación laboral, el trabajador,  está sujeto a determinados deberes que inexcusablemente deberá observar, dichos deberes oscilan entre usar adecuadamente la maquinaría que está a su cargo, hasta obedecer cualquier orden que emane del empresario (si bien con matices), debiendo tener, un comportamiento correcto, ya que en caso contrario podrá ser sancionado.

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Biografía del autor/a

Concepción Monerri Guillén, "Universidad de Murcia"

Doctora en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Universidad de Murcia. Sobresaliente cum laude.

Juez Sustituta adscrita al TSJ de Murcia desde el año 2002 habiendo trabajadado en todos los ordenes jurisdiccionales.

Publicado
31-07-2017
Cómo citar
Monerri Guillén, C., & Monerri Guillén, C. (2017). El Trabajador como sujeto infractor en materia de prevención de riesgos laborales. Anales de Derecho, 35(1). Recuperado a partir de https://revistas.um.es/analesderecho/article/view/288781
Número
Sección
Doctrina