Aproximación conceptual y jurídica al término acoso laboral

Autores/as

  • César Augusto Giner Alegría
Palabras clave: acoso laboral, dignidad, hostigamiento, violencia

Resumen

Las bases legales que marcan la ilegalidad de determinadas conductas laborales, como es el acoso laboral, están recogidas tanto en la Constitución Española, en su artículo 10 que garantiza el mantenimiento de la dignidad en cualquier situación y en el artículo 14 que garantiza el derecho a la igualdad, así como, en el Estatuto de los trabajadores en su texto refundido de 1995 artículo 4. 2 que garantiza la no discriminación, la dignidad en el trabajo y el respeto a la intimidad. El acoso laboral es definido por la Unión Europea, como aquel comportamiento negativo entre compañeros o entre superiores o inferiores jerárquicos, a causa del cual el afectado es objeto de acoso y ataque sistemático durante mucho tiempo, de manera directa o indirecta, de parte de una o más personas, con el objetivo y/o efecto de hacerle el vacío. La regulación del acoso laboral, lo podemos encontrar también en el Código Penal, ya que con la entrada en vigor de la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, se añade un segundo párrafo al apartado 1 del artículo 173, que hace referencia al acoso laboral.

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Biografía del autor/a

César Augusto Giner Alegría

Licenciado en Psicología y Criminología.

Master en Derecho Penitenciario.

Publicado
11-07-2012
Cómo citar
Giner Alegría, C. A. (2012). Aproximación conceptual y jurídica al término acoso laboral. Anales de Derecho, 29, 224–245. Recuperado a partir de https://revistas.um.es/analesderecho/article/view/143781
Número
Sección
Aula y Práctica