SOCIEDAD CIVIL Y DERECHO PRIVADO. ENTRE HOBBES Y HEGEL
Abstract
La concepción hegeliana de la bürgerliche Gesellschaft distinta del Estado, pero subordinada a éste es la primera tentativa llevada a cabo para dominar conceptualmente la profunda mutación de las representaciones de lo político acometida desde el siglo XVII: es esencial, subraya Hegel, no «confundir el Estado con la sociedad civil», si se quiere comprender tanto uno como otra2. Conviene preguntarse, sin embargo, si la idea directriz de la doctrina del espíritu objetivo (reconocer los derechos de lo no-político aunque reafirmando la supremacía objetiva de lo político-estatal) no prolonga, en cierto modo, los esfuerzos realizados por el pensamiento moderno, y sobre todo por Hobbes, para apartarse del modelo clásico de la koinonia politiké. No se trata de buscar en la filosofía política de Hobbes una fuente de Hegel, aunque este último, particularmente en sus escritos de Jena3, tuviera muy en cuenta los análisis del filósofo inglés. ¿Acaso no dice, precisamente en su obra de vejez, que es él quien ha comprendido la noción de estado de naturaleza «en su verdadero sentido»4, lo que no le impide presentar su pensamiento de manera bastante desenvuelta? Mi objetivo será mostrar que el análisis hobbessiano de la societas civiles, conscientemente construido como una alternativa a la doble tradición teológica y jurídico-política en la que este concepto se inscribe, suscita, en negativo, el problema al que la filosofía política de Hegel intentará, con la ayuda de medios conceptuales diferentes, ofrecer una respuesta. Este problema, enunciado esquemáticamente, es el de la existencia y del estatuto, en el seno de una comunidad que está, y debe estar, políticamente definida, de un conjunto de relaciones imposibles de pensar en términos meramente políticos, y al cual el derecho privado ofrece un marco formal. Carl Schmitt ha afirmado que la oposición entre estado de naturaleza y sociedad, tematizada rigurosamente por primera vez por Hobbes, es la matriz de todo el pensamiento moderno de lo político hasta Hegel y Marx. En lo que sigue, quisiera intentar evaluar la validez de tal afirmación.Downloads
Issue
Section
License
Las obras que se publican en esta revista están sujetas a los siguientes términos:
1. El Servicio de Publicaciones de la Universidad de Murcia (la editorial) conserva los derechos patrimoniales (copyright) de las obras publicadas, y favorece y permite la reutilización de las mismas bajo la licencia de uso indicada en el punto 2.
2. Las obras se publican en la edición electrónica de la revista bajo una licencia Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 3.0 España (texto legal). Se pueden copiar, usar, difundir, transmitir y exponer públicamente, siempre que: i) se cite la autoría y la fuente original de su publicación (revista, editorial y URL de la obra); ii) no se usen para fines comerciales; iii) se mencione la existencia y especificaciones de esta licencia de uso.
3. Condiciones de auto-archivo. Se permite y se anima a los autores a difundir electrónicamente las versiones pre-print (versión antes de ser evaluada) y/o post-print (versión evaluada y aceptada para su publicación) de sus obras antes de su publicación, ya que favorece su circulación y difusión más temprana y con ello un posible aumento en su citación y alcance entre la comunidad académica. Color RoMEO: verde.