Daimon. Revista Internacional de Filosofía, nº 98 (2026), pp. 230-234

ISSN: 1989-4651 (electrónico)

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Guerrero Guerrero, A. L. (2024). Gatopardismo en la ONU para las políticas de desarrollo. CIALC-UNAM/Ediciones Eón.

Esta obra escrita por la filósofa mexicana Ana Luisa Guerrero Guerrero, aborda la cuestión de las políticas de desarrollo de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), que se presentan como una forma de ayuda para los países que resultan más vulnerables económicamente y que se encuentran en gran desigualdad respecto a los países ricos; pero que en el fondo no lo son, dado que mantienen el statu quo y no promueven ningún cambio significativo, ni social ni económicamente, para los países en desarrollo. De allí, que emplee el concepto de “gatopardismo” en el título de la obra, que alude en términos de Giuseppe Tomasi di Lampedusa (2022) a la práctica de cambiar las apariencias para que todo siga igual, se simula un cambio que no se da efectivamente. Esto mismo sucede con la ONU, quien presenta cambios de manera superficial en las políticas de desarrollo, cuando en verdad las estructuras de poder se mantienen, dado el interés de unos pocos que se aprovechan de eso.

Compuesta de 190 páginas y estructurada en tres partes: I. Los a priori de la ética política, II. La ecología política y los Derechos Humanos colectivos de los pueblos indígenas y III. La aceleración de la sostenibilidad o el crecimiento del desarrollo, hace una crítica acerca del modo en que la Organización de las Naciones Unidas (ONU) da tratamiento a las políticas de desarrollo en aquellos países que se encuentran precisamente en vías de desarrollo. Si bien, la propia autora señala que no se trata de un análisis netamente cronológico, ni que pretenda abordar la totalidad de documentos disponibles a la fecha elaborados por la ONU acerca de la temática presentada, sí resulta clara y directa con los temas a abordar, los texto que se tomarán como basamento teórico, es decir, la normativa interna de los Derechos Humanos y aquellos que aluden a la creación de estrategias del desarrollo. Asimismo, da cuenta del momento histórico que se toma como punto de partida en su estudio y que alude a la década del sesenta, precisamente cuando se da inicio en la ONU a la aplicación de manera internacional del modelo de desarrollo para lo que era conocido en aquel momento como “países subdesarrollados”, actualmente hablamos de países en vías de desarrollo.

Cabe señalar que, a comienzos de la introducción, la pensadora mexicana expresa que:

Los Estados cobran reputación por el grado de cumplimiento que sus gobiernos tengan con los derechos humanos y, al mismo tiempo, por el lugar que ocupen en sus políticas públicas los planes para el desarrollo económico, ahora llamados desarrollo sustentable. Ambos tipos de compromisos se han convertido en una especie de formas a priori con las que se observan e interpretan las acciones de los Estados para ser dictaminados en su grado de responsabilidad y cumplimiento social para el bienestar de sus poblaciones. (Guerrero Guerrero, 2024: 15)

Esta afirmación podría pensarse como una afirmación conclusiva de un trabajo de investigación, pero aquí presenta el punto de partida desde el que se desprenderán los planteos críticos que sustentan esta obra.

Otra cuestión no menor a tener en cuenta, es la experiencia que relata Guerrero Guerrero que tuvieron en América Latina, los países en los que se aplicaron los planes de desarrollo y que contrario a lo que se pensaría, tuvieron efectos desfavorables en torno a la cooperación entre países y no se generó el fortalecimiento económico que se esperaba. Es aquí donde cabe preguntarnos ¿quiénes realmente son los que se benefician con la implementación de los planes de desarrollo?, acaso los países en vías de desarrollo, los países desarrollados o las empresas transnacionales (ETN), que como bien señalan la autora, retomando a Tagi Sagafi-Nejad y John H. Dunnig (2008), suelen ser las que mayores críticas reciben, por creerse que son grandes entidades explotadoras, que apuntan a su propio crecimiento y ganancia. Sin embargo, habrá quienes, respecto a esto último consideren como motores de crecimiento.

Asimismo, se debe tener en cuenta en este contexto, el rol que poseen los Derechos Humanos en estas dinámicas que se gestan y que pueden ser contraproducentes para aquellos países que se encuentran en desigualdad de condiciones en tales relaciones de poder. O también cabría preguntarnos siguiendo a la autora “¿Qué se entiende por Derechos Humanos en la perspectiva del desarrollo como crecimiento económico?” (p.19)

Ahora bien, si nos centramos en el primer capítulo titulado Los a priori de la ética política, encontramos aquí un análisis que realiza la autora en relación a la actitud que presentan las ETN respecto a los Derechos Humanos. Señaladas como la clave para el crecimiento económico, se destaca a su vez la veta negativa que presentan para la naturaleza, la sociedad y los individuos en general, donde ponen en contradicción las finalidades del desarrollo económico frente a los fines de los Derechos Humanos. Esto contradice lo postulado por la ONU, acerca de que los Derechos Humanos y la economía no resultan contextos independientes y, podríamos agregar, contrarios. Incluso en la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948), se señala el nexo fundamental existente entre el desarrollo económico y los Derechos Humanos. Entonces, resultaría apropiado preguntarnos ¿por qué el despliegue económico va acompañado de cierto avasallamiento hacia los Derechos Humanos? ¿Por qué se prioriza lo económico y material, por sobre la calidad de vida y la propia condición humana? Para la autora esto se debe a la diferencia de intereses que se da entre ambos ámbitos. Si bien comparten la misma fuente, la ONU pese a sus esfuerzos no ha podido lograr que establezcan una conexión coincidente.

Para clarificar un poco lo anterior, podemos decir que se debe tener en cuenta que el escenario donde se desarrollan ambos ámbitos, es decir, el de los Derechos Humanos y el económico, es el propio capitalismo, donde cada uno se desenvuelve de manera diferente, y allí es donde entra en juego la cuestión de los intereses que posee cada uno, que por lo que se evidencia son de carácter disímiles.

La ONU planteó en su modelo de desarrollo para el crecimiento económico la cooperación entre Estados como cuestión necesaria a tener en cuenta y donde, a su vez, distintas organizaciones financieras pusieron su interés. Sin embargo, en materia de modernización económica respecto a los países pobres y en vías de desarrollo tras impulsarse el crecimiento material, se vieron vulnerados no solo el medio ambiente, los hábitats, sino también el propio bienestar de las poblaciones intervenidas. Tras la puesta en vigor del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) en al año 1965, se postuló al sector privado como el “motor de crecimiento económico y creador de empleos en países en desarrollo” (p.32). De allí, que la propia ONU fuera quien promoviera la expansión de las empresas internacionales e instara a los gobiernos de los distintos Estados a que no pusieran trabas a las actividades resultantes del libre mercado capitalista. Hoy a sesenta años de la puesta en vigor del PNUD, podemos decir que de manera solapada la ONU de cierta manera priorizó los intereses de los países ricos y de gran poder, así como también del sector privado, precisamente en lo que respecta a las empresas internacionales, por sobre las necesidades de los países en vías de desarrollo, pese a los deseos de tender nexos entre el derecho al desarrollo y los programas de desarrollo mencionados en el informe sobre derechos económicos sociales y culturales presentados por el secretario general de la ONU en ١٩٨١, se ve una constante en la cual es el sector más privilegiado a lo largo de los años.

Cabe destacar, además, lo que señalan Guillén y García-Canal (2011), referenciados por la autora, que la expansión y las mayores ventajas que obtienen estas empresas, se da a su vez, por la falta de políticas proteccionistas, ya sea que hablemos a nivel interno como externo, los coloca en pie de desigualdad y hace a los países en vías de desarrollo más vulnerables frente a entidades que detentan gran poder.

En este mismo capítulo Guerrero Guerrero, explicará cómo a través de la tercera Estrategia Internacional de Desarrollo (EID) se da el afianzamiento de las empresas transnacionales y qué problemática resulta de ello. Y finalizando este capítulo, se centrará en la emergencia que atraviesan los derechos humanos colectivos, es decir, los denominados derechos de tercera generación o derechos a la solidaridad, que aluden al derecho al desarrollo, la autodeterminación de los pueblos, a vivir en un medioambiente sin polución, etc. Este tipo de derecho permiten “fortalecer la oposición a políticas de desarrollo que deterioran la vida” (p.66), y por ello, podemos decir, que resulta necesario darle la relevancia que amerita, dejando de priorizar intereses económicos del sector privado que resultan dañinos para los mismos.

En el segundo capítulo titulado La ecología política y los Derechos Humanos colectivos de los pueblos indígenas, Ana Luisa Guerrero Guerrero recurre a la obra de André Gorz, creador de la ecología política y crítico de las teorías del desarrollo, para incluir otro tipo de reflexiones y observaciones en torno a la temática tratada, y poder, a su vez, continuar con el abordaje acerca de las estrategias de desarrollo y las implicancias que estas poseen, desde una óptica distinta. Estas reflexiones, sin duda, interpelan al lector, invitándolo a pensar/se en el sistema en el que vive. Asimismo, la autora dedica algunas páginas a analizar las cuestiones de poder que median los nexos entre el desarrollo y las ETN en relación a las conquistas que han tenido los Derechos Humanos. Luego, da paso a reflexionar en torno a las políticas indigenistas en Latinoamérica, que permitieron hacer de los indígenas, ciudadanos de los Estados modernos latinoamericanos. De manera colateral aborda la cuestión de los derechos humanos colectivos de tales pueblos originarios. Finalmente, en el último apartado de este capítulo, la autora aborda la cuestión de si las personas jurídicas pueden ser titulares de derechos humanos, apelando a la opinión efectuada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en torno a una consulta realizada sobre el caso.

En el tercer y último capítulo, se retoma la última estrategia del desarrollo del siglo XX, que propone una nueva apuesta para combatir grandes problemáticas como el hambre y la pobreza, luego de que las EID se incumplieran, teniendo en cuenta la Declaración del Milenio y los Objetivos del Milenio para así afrontar el panorama económico actual. Vinculando, a su vez, el Pacto Global de la ONU del año 2000 y el documento que derivó de él tras reclamos de activistas, sociedad civil, etc., en el año 2011 en que se declaran una serie de principios rectores sobre las empresas y los Derechos Humanos, por la falta de control jurídico que suele haber sobre las primeras. En razón de ello, la autora focalizará en las limitaciones y alcances del mismo.

Unas páginas más adelante, Guerrero Guerrero analiza la Agenda 2030 del año 2015, contemplando para dicho análisis el Pacto Global y los principios rectores que antes mencionamos. Recupera así los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), relacionados, a su vez, con los Objetivos del Milenio (OM). Y dado que la autora concluye que los mismos nos favorecen en sí a la situación económica mundial, del medio ambiente y, por ende, humana, propone la creación de un decimoctavo objetivo: “Lograr relaciones económicas que privilegien la vida” (p. 160), que permita cambios profundos en la economía donde se prioricen los Derechos Humanos, en especial, el derecho al desarrollo, contemplando un enfoque intercultural para el disfrute de tales derechos.

Finalmente, en el último apartado de este capítulo, focaliza en la constitución del Grupo de Trabajo Intergubernamental de Composición Abierta sobre las Empresas Transnacionales y Otras Empresas con Respecto a los Derechos Humanos establecido en el año 2014, en él se postula como objetivo final, que lo que se pretende es frenar los daños que generan las ETN poniendo de relieve el necesario cumplimiento de los Derechos Humanos. En último lugar y a modo de cierre, se pone de relieve la importancia que detenta el Tratado de Escazú, que apunta a frenar los daños al medioambiente y fortalecer al mismo tiempo los Derechos Humanos, entre sus principales líneas de implementación.

A modo de conclusión, la presente obra da cuenta, sin duda, de una crítica a la manera en que la ONU encara las políticas de desarrollo evidenciando que dicha organización da prioridad a los intereses que tienen los países ricos y de gran poder, por sobre las necesidades que ponen de manifiesto los países que se hallan en vías de desarrollo. Asimismo, hace un llamado a efectuar una reforma por parte de la organización, de manera tal que se pueda tratar de modo más efectivo aquello que origina la desigualdad y la pobreza en los países en desarrollo. A lo largo de todo el recorrido del libro, destaca el orden y la claridad de las ideas expuestas, como también, la pertinencia de los ejemplos empleados. Sin duda alguna, Ana Luisa Guerrero Guerrero, logra hacer un análisis adecuado para la temática en cuestión, que resulta en un gran aporte en el área de estudio.

Referencias bibliográficas

Guillén, M. F. y García-Canal, E. (2011). Las nuevas multinacionales. Las empresas españolas por el mundo. Ariel.

Naciones Unidas (1948). Declaración Universal de Derechos Humanos (Resolución 217 A de la Asamblea General).

Sagafi-Nejad, T. y Dunnig, H. J. (2008). The UN and Transnational Corporations. From Code of Conduct to Global Compact. Indiana University Press.

Tomasi di Lampedusa, G. (2022). El gatopardo. Anagrama.

Carolina Y. Andrada-Zurita

(Universidad Nacional del Sur)