Bioderecho.es, Núm. 15, enero-junio 2022  
Neurociencia y Derechos Humanos: rama del bioderecho para  
fundamentar el derecho∗  
Neuroscience and human rights: branch of biolaw to base the law  
MAURICIO IVÁN VARGAS MENDOZA1  
LORENA YAÑEZ NUÑEZ3  
, FILIBERTO EDUARDO R. MANRIQUE MOLINA2  
RESUMEN: La filosofía moderna que sustenta el derecho, estableció que la razón lógica es el criterio de verdad,  
ante ella, el autor español Xavier Zubiri, construyo la metafísica madura a partir de la neurociencia naciente de su  
tiempo y la mecánica cuántica, su filosofía sirve como fundamento de la teoría iberoamericana, por otro lado, la  
neurociencia como rama del conocimiento nació en 1960, al descubrir científicos de diversas ramas la necesidad de  
multidisciplinariedad para conocer el comportamiento humano a partir del sistema nervioso central, en esta  
investigación, se expone el derecho, la revolución filosófica de la metafísica madura, el nacimiento reciente la  
neurociencia como disciplina del conocimiento, los avances de la neurociencia en los últimos 20 años, el estado de la  
cuestión de la relación neurociencia-derecho y las principales discusiones en cuanto a su futuro. Se coloca al final, la  
reflexión sobre propiciar fundamentos desde la neurociencia hacía un derecho futuro, tema que ha sido poco discutido  
en el ámbito jurídico.  
Palabras clave: derechos humanos, bioderecho, neuroderecho, neurociencia y derecho.  
ABSTRACT: The modern philosophy that supports the law, established that the logical reason is the criterion of  
truth, before it, the Spanish author Xavier Zubiri, built the mature metaphysics from the nascent neuroscience of his  
time and quantum mechanics, his philosophy. serves as the foundation of the Ibero-American theory, on the other  
hand, neuroscience as a branch of knowledge was born in 1960, when scientists from various branches discovered the  
need for multidisciplinarity to understand human behavior from the central nervous system, in this research, it is  
exposed the law, the philosophical revolution of mature metaphysics, the recent birth of neuroscience as a discipline  
of knowledge, the advances in neuroscience in the last 20 years, the state of the question of the neuroscience-law  
relationship and the main discussions regarding Her future. It is placed at the end, the reflection on promoting  
foundations from neuroscience towards a future right, a subject that has been little discussed in the legal field.  
Keywords: human rights, biolaw, neurolaw, neuroscience and law.  
Fecha de recepción: 24/06/2022 – Fecha de aceptación: 30/06/2022. Cita recomendada: VARGAS  
MENDOZA, M. I., MANRIQUE MOLINA, F. E. & YÁÑEZ NÚÑEZ, L. (2022). Neurociencia y  
Derechos Humanos: rama del bioderecho para fundamentar el derecho. Bioderecho.es, (15), 1-21.  
https://doi.org/10.6018/bioderecho.538951  
1
Universidad Autónoma de Baja California - Campus Tijuana: Tijuana, Baja California, MX. Correo:  
vargasm38@uabc.edu.mx  
2
Universidad Autónoma de Baja California: Tecate, Baja California, MX. Correo:  
filiberto.manrique@uabc.edu.mx  
3
Universidad Autónoma de Baja California, MX. Correo: lorena.yanez@uabc.edu.mx  
https://doi.org/10.6018/bioderecho.538951  
ISSN: 2386-6594  
 
 
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SUMARIO: I. EL DERECHO, EL OTRO Y LA NEUROCIENCIA. II. NEUROCIENCIA COMO DISCIPLINA. III. SISTEMA NERVIOSO  
CENTRAL Y SUS FUNCIONES. IV. NEUROCIENCIA EN EL DERECHO ACTUAL. V. EL FUTURO INCIERTO DE LA NEUROLOGÍA EN  
EL DERECHO. VI. CONCLUSIÓN. VII. BIBLIOGRAFÍA.  
I. EL DERECHO, EL OTRO Y LA NEUROCIENCIA  
En la actualidad, el derecho parte de dos teorías hegemónicas en materia incluso de  
Derechos humanos, estos fundamentos se encuentran en el iusnaturalismo e iuspositivismo y  
sus derivaciones garantistas y principialista . Para algunos autores, los fundamentos racionales  
de la modernidad son los mismos de la posmodernidad, es decir, la posmodernidad solo es un  
repliegue moderno, el cual, trajo consigo como centro la racionalidad lógica-matemática. Xavier  
Zubiri en lo que se conoce como nuestra trágica situación intelectual, inició de su pensamiento  
mediante la obra Naturaleza, Historia y Dios , siguiendo a Hegel ¡como muchos filósofos  
occidentales en los últimos dos siglos! Describió nuestra trágica situación intelectual, que  
influyó en la filosofía moderna y posmoderna. Como sabemos, la línea hegeliana , es Grecia (a  
veces Egipto y Mesopotamia), Roma (Italia) Edad Media (Europa), Renacimiento (Italia),  
Ilustración (Francia y Reino Unido), Modernidad (Alemania) y Posmodernidad (Occidente), es  
seguida por el autor español y estableció que la trágica situación intelectual del pensamiento  
humano, es que, pasamos de tener como centro cultural y de construcción del conocimiento a la  
naturaleza (Grecia), luego a Dios (Grecia-Roma, Edad Media, Renacimiento), la razón moderna  
(
con Descartes, aunque otros autores lo sitúan en Tomás de Aquino, Guillermo de Ockham o  
Spinoza y algunos hasta Kant), en la posmodernidad (Occidente) , al desilusionarnos de los  
meta-relatos de verdad construidos por la modernidad, la humanidad quedó sin Naturaleza, sin  
dios y sin razón o nosotros mismos ¡siendo este desazón, nuestra situación intelectual! Escribió  
Zubiri:  
Es la soledad absoluta. A solas con pasar, sin más apoyo que lo que fue, el hombre  
actual huye de su propio vacío: se refugia en la reviviscencia mnemónica de un  
pasado; exprime las maravillosas posibilidades técnicas del universo; marcha veloz a  
la solución de los urgentes problemas cotidianos. Huye de sí; hace transcurrir su vida  
sobre la superficie de sí mismo. Renuncia a adoptar actitudes radicales y ultimas: la  
existencia del hombre actual es constitutivamente centrifuga y penúltima. De ahí el  
angustioso coeficiente de provisionalidad que amenaza disolver la vida  
contemporánea.8  
1
ATIENZA RODRIGUEZ, M., El sentido del derecho, Ariel, Madrid, 2018.  
2
FERRAJOLI, L., Principia iuris. Teoría del derecho y de la democracia. Teoría del Derecho, Trotta,  
Madrid, 2011.  
3
POZZOLO, S., Neoconstitucionalismo y positivismo, Palestra editores, Madrid, 2011.  
4
ZUBIRI, X., Naturaleza, Historia y Dios, Alianza, Madrid, 1994.  
5
Esta línea evolutiva histórica filosófica, es posible observarla en varias obras de Hegel como: HEGEL,  
F., Lecciones sobre filosofía de la Historia Universal, Los cuarenta, Buenos Aires, 2021; Fenomenología  
del espíritu, Fondo de Cultura Económico, México, 2017.  
6
HEGEL, F., Lecciones sobre filosofía de la Historia Universal, ob. cit.  
7
Con autores como: TAYLOR, C., El multiculturalismo y la política del reconocimiento, Fondo de  
Cultura Económica, México, 2009; RORTY, R., “La prioridad de la democracia sobre la filosofía”, en  
VATTIMO, G. (Coord.), La secularización de la filosofía, Gedisa, Madrid, 2001, pp. 31-61.  
8
ZUBIRI, X, Naturaleza, Historia y Dios, Alianza, ob. cit., p. 27.  
 
 
 
 
 
 
 
 
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En la actualidad, existen retos complejos, Zubiri no alcanzó a observar el repliegue  
hegemónico en Europa y Estados Unidos de América que tuvo la posmodernidad en materia  
filosófica con la ética discursiva y el nuevo realismo americano , tampoco el escandinavo  
respectivamente, menos alcanzó a observar el repliegue en América a partir de su obra .  
Dentro de esos retos Yuval Noah Harari, a partir de una intensa investigación  
documental e histórica, ha construido su versión histórica del ser humano, realizó un ensayo  
donde dice que el fin del ser homo sapiens inició aproximadamente hace 200 años, él está por  
terminar, no por sus grandes logros, sino porque está a punto de ser sustituido por otro  
organismo, el diseño inteligente, es decir, la vida en la Tierra parece estar en un momento de  
transición del orgánico al inorgánico, la breve historia del homo sapiens (de su existencia), está  
en una etapa transicional que presenta como posibilidad el fin del camino, en uno o dos siglos,  
dice que el ser humano está trascendiendo los límites de la selección natural (en este espacio  
consideramos más apropiado la simbiosis) , los está sustituyendo con las leyes del diseño  
inteligente14 y planteando los retos de la humanidad al convertirse en dioses capaces de crear  
vida inteligente. Por otro lado, hablando sobre la reducción del sufrimiento, el autor se preguntó  
al final de culminar el recorrido desde los cazadores recolectores, los agricultores, la unificación  
de la humanidad y la revolución científica ¡sí! ¿Hay algo más peligroso que unos dioses  
insatisfechos e irresponsables que no saben lo que quieren? ¿si esto se puede controlar? En  
Homo Deus15 explicó algunas posibilidades que se pueden presentar, porque el sistema político  
no entiende que sucede y no alcanza a dimensionar que ocurre.  
Así como el sistema político no comprende los cambios de innovación actuales, el  
sistema jurídico con menor razón, ya que está construido a partir de un iusnaturalismo,  
iuspositivimo, garantismo o principialismo . En la actualidad la ética discursiva y el nuevo  
realismo (pragmático), no lograra enfrentar los retos de innovación a los cuales nos  
enfrentamos. Nos encontramos en una cuarta revolución tecnológica, donde la inteligencia  
artificial y las nuevas tecnologías presentan un reto jurídico, que no puede ser enfrentado desde  
los códigos actuales o una interpretación que solo comprenda la parte frontal del saber humano.  
La filosofía discursiva y el nuevo realismo pragmático son hegemónicos en occidente, son  
modelos teóricos desde los cuales se genera la ética, el gran problema o reclamo, es su  
alejamiento de lo real, ese que inicio con el empirismo inglés y formalizo con Kant, ante el cual,  
la posmodernidad reaccionó, así esta ética es posmoderna y se encuentra en la situación  
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APEL, K. O., La transformación de la filosofía, Taurus, Madrid, 1985.  
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TEODORO RAMÍREZ, M., El nuevo realismo. La filosofía del siglo XXI, Siglo XXI, México, 2016.  
FABRA ZAMORA, J. L., Filosofía y teoría del derecho, UNAM, México, 2015.  
Este repliegue con diversos autores de América latina que han formulado un pensamiento filosófico  
propio, como ELLACURIA, I., Filosofía de la realidad histórica, Alianza, Madrid, 1991, que en otros  
espacios hemos sostenido como un giro filosófico VARGAS MENDOZA, M.I., “Xavier Zubiri: Un giro  
hermenéutico jurídico hacia la metafísica madura”, Telemática revista de filosofía jurídica, 2018.  
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MARGURIS, L., Planeta Simbiótico, Debate, Madrid, 2002.  
NOAH HARARI, Y., De animales a Dioses. Breve historia de la humanidad, Debate, Barcelona, 2021.  
NOAH HARARI, Y., Homo Deus, Debate, Barcelona, 2016.  
Susanna Pozzolo nombró al principialismo neo-constitucionalismo en: POZZOLO, S.,  
Neoconstitucionalismo y positivismo, ob. cit., sin embargo, la mayoría de los autores que se inscriben en  
esta teoría, tiene en común la conciencia de derechos humanos en forma de principios sujetos a  
interpretación, algunos de ellos son: ALEXY, R., Teoría de los derechos fundamentales, Centro de  
Estudios Constitucionales, Madrid, 1993; ATIENZA, M., Curso de argumentación jurídica, Trotta,  
Madrid, 2013; DWORKING, R., Los derechos en serio, Ariel, Madrid, 2012.  
 
 
 
 
 
 
 
 
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intelectual descrita por Zubiri, en el momento presente, donde se discursa cualquier cosa  
referente o fundamento, el ser humano ¿Ha reducido el sufrimiento humano y de los seres  
vivos? ¿Desde donde reiniciamos?  
Xavier Zubiri, inició su pensamiento filosófico propio con Naturaleza, Historia y  
Dios , describiendo la situación intelectual, luego el desarrollo filosófico y posteriormente se  
adentró a la mecánica cuántica, descrita como física, metafísica, ahí se adentró en el mundo de  
la física a nivel cuántico, después realizó una serie de cursos que ahora se encuentran en las  
obras: Sobre la esencia curso dictado en 1962 , Sobre la realidad curso dictado en 1966 ;  
Estructura dinámica de la realidad curso dictado en 1968 , Estructura de la metafísica curso  
dictado en 196921 y Los problemas fundamentales de la Metafísica Occidental también dictado  
en 1969; en estas obras, se pudiera afirmar que es una parte de la filosofía zubiriana, sin  
embargo, en realidad el autor español, siempre manifestó que las divisiones que realizaba, eran  
formales, pero en la realidad ocurren al mismo momento o en momentos similares.  
Además de lo anterior, estas obras mencionadas en el párrafo que antecede, se enfocan  
más en lo real, en ese proceso de la nuda realidad, pero desde sobre la realidad , incluso desde  
Sobre la esencia ya aparece el pensamiento de una inteligencia sentiente, es posible ver en la  
obra de Xavier Zubiri, conocimiento de física, específicamente física cuántica y neurociencia,  
parece ser que el autor, utilizo la filosofía y actualizo los conocimientos que tenemos de la  
realidad, la realidad humana como parte dé, y la neurociencia. La realidad desde la física  
cuántica se pretende tratar en otra investigación, en la presente, se trata de incluir conocimiento  
neurológico que no sé tenía en la fecha del desarrollo zubiriano, con la finalidad de concluir,  
como estos avances de los últimos 50 años en neurociencia, pueden aportar en la construcción  
humana de un derecho más cercano a la nuda realidad desde el bioderecho.  
II. NEUROCIENCIA COMO DISCIPLINA  
La neurociencia es una disciplina nueva, en varios textos se reconoce como padre a  
Santiago Felipe Ramón y Cajal:  
La figura de Cajal es conocida mundialmente por sus enormes aportes en el campo de  
la neurociencia, sobre todo en múltiples aspectos relacionados con el tejido nervioso  
y específicamente con las neuronas, al punto de considerársele el padre de la  
doctrina neuronal” .  
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ZUBIRI, X., Naturaleza, Historia y Dios, Alianza, Madrid, 1994.  
ZUBIRI, X., Sobre la esencia, Alianza, Madrid, 2008.  
ZUBIRI, X., Sobre la realidad, Alianza, Madrid, 2001.  
ZUBIRI, X., Estructura dinámica de la realidad, Alianza, Madrid, 1995.  
ZUBIRI, X., Estructura de la metafísica, Alianza, Madrid, 2006.  
ZUBIRI, X., Sobre la realidad, ob. cit.  
PALACIOS SÁNCHEZ, L., Et. Al., “Santiago Ramón y Cajal, neurocientífico y pintor”, Acta  
neurológica Colombiana, 2015, pp. 454-461.  
 
 
 
 
 
 
 
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Sin embargo, en el artículo de Jorge Eduardo Duque Parra, Santiago Felipe Ramón y  
Cajal, ¿Padre de la Neurociencia o Pionero de la Ciencia Neural? , se sostiene que esto no es  
así, la neurociencia se define por los autores como:  
El término Neurociencia refleja la naturaleza interdisciplinaria de la moderna  
investigación del cerebro (Duque-Parra, 2001a), la cual incluye múltiples disciplinas  
aparentemente disímiles entre sí (Duque-Parra, 2001b), además de una amplia gama  
de técnicas seguramente mucho más diversas que cualquier otra rama de la ciencia  
(
Blakemore, 1986) y con las que se puede contribuir a la comprensión del sistema  
nervioso (Duque-Parra, 2001b)…  
Por ello, desde este concepto, la neurociencia como disciplina nació en la década de los  
años 1960 como termino interdisciplinar, es en Estados Unidos de América que se funda en  
1969 la Society for Neuroscience, derivado en gran parte, por la explosión tecnológica para  
identificar y examinar el cerebro humano, así los neurólogos, se percataron que es necesario  
examinar de forma multidisciplinar el funcionamiento del cerebro y esto dio origen a la  
¡
neurociencia como disciplina! Claro que el estudio del cerebro es tan antiguo como los  
científicos:  
Históricamente, los científicos que se dedicaron al estudio del sistema nervioso  
provenían de diferentes disciplinas científicas: medicina, biología, psicología, física,  
química, matemáticas. La revolución en la neurociencia ocurrió cuando estos  
científicos advirtieron que la mayor esperanza para comprender el trabajo del  
cerebro procede de un enfoque interdisciplinar, una combinación de enfoques  
tradicionales para producir una nueva síntesis, una nueva perspectiva. La mayoría de  
las personas implicadas en la investigación científica actual del sistema nervioso se  
consideran a sí mismos neurocientíficos .  
Es decir, la neurociencia como disciplina es corta, tiene apenas 50 años (aunque  
intensos), ya Antonio Salamanca Serrano anunció para el derecho, un derecho Interdisciplinar ,  
de esta forma, la característica principal de la neurociencia ha sido la concepción de esa  
interdisciplinaridad, así dio inicio como ciencia médica, biológica, psicológica, física, química y  
matemática, continuando con otras ciencias. Siendo esta característica principal, no se puede  
considerar neurociencia todo aquello que llevo al ser humano sobre el conocimiento del sistema  
nervioso, sirve a la neurociencia, pero no se considera el origen de la rama del conocimiento.  
Así tenemos varios términos similares en origen que son componentes de la neurociencia:  
Neurología: Especialidad médica que estudia la anatomía, fisiología y química del  
sistema nervioso, como también la diversidad de enfermedades que son resultado de  
patología en el sistema nervioso .  
24  
DUQUE PARRA, J. E., Et. Al., “Santiago Felipe Ramón y Cajal, ¿Padre de la Neurociencia?”, Int. J.  
Morphol, 2011, pp. 1202-1206.  
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5
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7
Idem, p. 1204.  
BEAR, M. F., Neurociencia. Explorando el Cerebro, Wolters Kluwer, Madrid, 2008.  
SALAMANCA SERRANO, A., “La investigación jurídica intercultural e interdisciplinar”, Redhes,  
2
015, pp. 59-92.  
28  
UNIVERSIDAD INTERAMERICANA DE PUERTO RICO, Diccionario de Neuropsicología, San  
Juan, 2015.  
 
 
 
 
 
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Neuroanatomía: Estudio de la anatomía del sistema nervioso, integrado con otros  
saberes íntimamente relacionados en lo que se ha dado en llamar la neurociencia, nos  
provee de fundamentos válidos para comprender lo que es animal y humano en el (ser  
humano) .  
En el caso jurídico, existe ya una incipiente literatura que se revisará en el tema cuarto,  
por el momento es necesario hacer una revisión corta, sobre los avances en la rama del  
conocimiento, a los que Xavier Zubiri no tuvo a su alcance.  
III. SISTEMA NERVIOSO CENTRAL Y SUS FUNCIONES  
El ser humano apenas comienza a conocer el funcionamiento y las partes que  
determinan El sistema nervioso central es fundamental para la toma de decisiones y el  
funcionamiento del cuerpo, controla desde las funciones básicas del cuerpo humano hasta las  
decisiones emocionales y racionales del mismo, las habilidades artísticas y las matemáticas se  
encuentran determinadas por los procesos que ocurren en esta, parte del sistema nervioso, nos  
proporciona la capacidad de razonar  
El sistema nervioso central se compone por las siguientes partes:  
Encéfalo  
Médula espinal  
Meninges  
Líquido cefalorraquídeo  
Sistema ventricular  
Cerebelo  
Tallo  
Sistema límbico  
Tálamo e hipotálamo  
Por su parte, la neurona es la unidad funcional básica del sistema nervioso central, este  
contiene más de 100,000 millones de neuronas y se han calculado aproximadamente 100  
trillones de sinapsis o conexiones interneuronales , estas conexiones son el medio veloz de  
comunicación de la información, por ello, se encuentran relacionadas con el aprendizaje y la  
memoria, van cambiando con el pasar del tiempo y en el aprendizaje se forman nuevas  
conexiones neuronales.  
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1
MARTINEZ TORRE, P, Neuroanatomía, Panamericana, Madrid, 2008.  
GUYTON, Tratado de Fisiología Médica, Grafos, Madrid, 2011.  
ORTEGA LOUBON, C, “Neurofisiología del aprendizaje y la memoria. Plasticidad Neuronal”,  
iMedPub Journals, 2010.