Negociación y resistencia de las maestras de Almería a comienzos del siglo XX: una aproximación a través de sus denuncias

Adoración Beltrán Dionís, Universidad de Almería

Resumen

Para conocer la evolución de la figura de la maestra de escuela y el proceso de feminización docente en época contemporánea es necesario estudiar los avances legislativos que hubo en materia de Instrucción Pública, pero también cómo procedieron las distintas instituciones involucradas en el proceso. A partir de diversos documentos de archivo histórico, como son las denuncias de diferentes maestras, sus expedientes personales y diversos informes de la Comisión de Instrucción Pública podemos acercarnos a la realidad de las maestras de Almería a comienzos del siglo XX. Sus testimonios, semejantes al de otras docentes del país, nos permiten conocer cómo la desigualdad entre maestros y maestras fue más allá de sus salarios. Escasez de materiales, infraestructuras escolares deficitarias y arbitrariedad en la concesión de determinadas partidas económicas constituyeron el escenario de actuación de las maestras del municipio de Almería.

Palabras clave: maestras; Instrucción Pública; denuncias; Almería; escuela pública.

Negotiation and resistance of the schoolmistresses in Almeria at the beginning of the 20th century: an approach through their complaints

Abstract

To understand the evolution of the schoolteacher’s role and the process of teacher feminization in contemporary times, it is necessary to study the legislative advances in Public Instruction, as well as the actions taken by the various institutions involved in the process. By examining various historical archive documents, such as complaints from different teachers, their personal files, and various reports from the Public Instruction Commission, we can gain insight into the reality of teachers in Almería at the beginning of the 20th century. Their testimonies, similar to those of other teachers across the country, allow us to understand how inequality between male and female teachers went beyond their salaries. A lack of materials, inadequate school infrastructure, and arbitrariness in the allocation of certain financial resources constituted the working conditions for the female teachers in the municipality of Almería.

Key words: schoolmistresses; public education; complaints; Almeria (Spain); public school.

Fecha de recepción del original: 12 de marzo de 2025; versión final: 8 de mayo de 2025.

- Adoración Beltrán Dionís, Departamento de Economía y Empresa, Universidad de Almería. E-mail: abd739@inlumine.ual.es; ORCID ID: https://orcid.org/0009-0009-3952-1042.

Negociación y resistencia de las maestras de Almería a comienzos del siglo XX: una aproximación a través de sus denuncias

Adoración Beltrán Dionís, Universidad de Almería

1. Introducción

Cuidadoras de infantes, costureras, profesoras de idiomas, una gran cantidad de mujeres ejercían desde el siglo XVIII como maestras de escuela, aunque su actividad profesional se viese limitada al ámbito privado y/o doméstico. Ellas fueron las antecesoras de la futura generación de maestras que lograría acabar con la tan denostada imagen que había del magisterio femenino (Cortada Andreu, 1999). A lo largo del siglo XIX se llevaron a cabo diversas reformas legislativas en materia de Instrucción Pública que propiciaron la evolución de la figura de la maestra de escuela, pero ésta tampoco se entendería sin el activismo profesional que practicaron las maestras de la España decimonónica en su incansable lucha por lograr los mismos estándares profesionales que sus compañeros. La incorporación continuada, además de la evolución, de la mujer al magisterio, desataría profundos debates sobre su papel al frente de un aula y de su hogar. En 1927, la periodista, escritora y maestra almeriense, Carmen de Burgos, se hacía eco en su ensayo, “La mujer moderna y sus derechos”, de las soflamas de los antifeministas a este respecto: “cuando a las mujeres las posee el demonio de la Igualdad para ser ingenieros, médicos, fabricantes de muebles o de jabón, quedan imposibilitadas para el hogar y el amor” (De Burgos Seguí, 2007: 125). Sin embargo, aquellas que pertenecieron al gremio pasaron a ser un modelo de mujer profesional en la esfera de lo público, ya que propiciaron que las mujeres dieran el salto a otras actividades profesionales que tradicionalmente habían estado reservadas a hombres (Ballarín Domingo, 1996). Estas mujeres sentarían las bases del nuevo sistema educativo que intentaba dejar atrás los prejuicios que limitaban el desarrollo profesional de la mujer. Con sus demandas darían el salto a la esfera de lo político, ya que se trataba de un colectivo de mujeres que contaba con herramientas para lograr constituirse como sujetos políticos. Empezaba así a emerger la conciencia feminista en el país (Ballarín Domingo, 2016; Ballarín Domingo e Iglesias Galdo, 2018).

Las docentes de la época sufrieron y denunciaron discriminación salarial con respecto a sus homólogos varones como consecuencia directa de la marcada diferenciación en su propia formación y en los conocimientos y saberes que transmitían a sus alumnas (Flecha García, 2014). Durante el siglo XIX, las mujeres fueron relegadas a las “labores propias de su sexo”. A través de tres cédulas reales establecidas por Carlos III, a finales del siglo XVIII, y posteriormente con la Ley Moyano en 1857 (Fontecha Francoso, 2009), se acabó consolidando un sistema en el que maestras y alumnas quedaban al margen de materias que sí estaban al alcance de maestros y alumnos, como es el caso de asignaturas de corte científico-técnico (Hernández Ullán, 2023).

En el caso concreto de la provincia de Almería, la situación socio-económica de maestros y maestras en época contemporánea no distaba mucho de lo que sucedía a nivel nacional. Sus emolumentos eran bajos y, además, con frecuencia, los ayuntamientos de los diferentes municipios se retrasaban en los pagos. La situación económica de los docentes durante el desarrollo de su carrera profesional era difícil, pero también lo era el futuro que les aguardaba, ya que la cuantía que recibían tras su jubilación era irrisoria. Tal es así, que algunos docentes, aun no encontrándose en condiciones físicas para seguir ejerciendo, preferían seguir trabajando, ya que la jubilación los abocaría a la mendicidad. En este contexto de penuria económica hay que añadir el agravante de género, y es que, si la situación de los maestros era compleja, la de las maestras lo era más.

En la segunda mitad del siglo XIX, una proporción significativa de las maestras que accedieron a la escuela pública en Almería lo hicieron con titulación. En el caso de los maestros esta cifra fue menor. En 1865, el 82,1 por ciento de los maestros almerienses accedió con titulación, una cifra superior a la media española, que no alcanzaba el 60 por ciento1. Sin embargo, todas las maestras almerienses accedieron con titulación, lo cual no fue óbice para que el salario de ellas fuese inferior al de ellos en el periodo finisecular. En 1880, poco antes de que se aprobara la Ley de 6 de julio de 18832, por la que se equiparaban los salarios de maestros y de maestras, el 96,77 por ciento de las maestras almerienses tenía un salario inferior a 1.100 pesetas en términos nominales3, mientras que en esta horquilla de ingresos se encontraba el 87,5 por ciento de los maestros, es decir, en torno a un 9 por ciento menos (Ballarín Domingo, 1985).

Ellas, las maestras, partieron desde más abajo que ellos, los maestros, en lo que a formación y salarios se refiere, pero si además ampliamos el análisis a otras partidas económicas, como las remuneraciones procedentes del pago de los niños y de las niñas pudientes, los materiales de los diferentes colegios, las gratificaciones por regentar escuelas de adultos y las cuantías para sufragar el alquiler de los centros escolares, este razonamiento se consolida.

A lo largo del siglo XIX, los docentes no sólo eran retribuidos con sus salarios, sino que percibían pequeñas dotaciones para el alquiler de ‘casas-escuelas’4. Estos lugares se constituían como los centros escolares de aquellas localizaciones en las que no contaban con un edificio únicamente destinado a la escuela. Se trataba de casas o pisos en los que maestros y maestras desempeñaban su labor profesional, pero en los que además vivían con o sin sus familias. La cuantía de la dotación que percibían para este fin determinaba por completo las características del lugar y, como sucedió con los salarios durante gran parte del siglo XIX, la destinada a las maestras era inferior a la de los maestros. Esta cuestión no es menor, ya que no sólo determinaba las condiciones del inmueble en el que ejercían los docentes, y se instruían niños y niñas, sino que además afectaba sobremanera en su día a día, especialmente en las cuestiones de salubridad y seguridad. Se trata, pues, de una cuestión de gran importancia a la hora de llevar a cabo un análisis sobre brecha salarial entre docentes. De ahí, que consideremos relevante el objetivo de este trabajo, que se basa en dar a conocer una serie de denuncias y reclamaciones de maestras que ejercieron en distintos puntos del municipio de Almería, sobre la desigualdad económica que sufrían como consecuencia de sus bajos salarios, la arbitrariedad con la que se concedían determinadas partidas económicas, el mal estado de las ‘casas-escuelas’ en las que ejercían y vivían y el deteriorado y escaso material con el que contaban en sus centros educativos. Sus testimonios aportan verosimilitud al relato y nos permiten no sólo conocer y cuantificar la discriminación y segregación que sufrieron por cuestión de género, sino visualizar los espacios de la sociedad a los que fueron apartadas.

Tras este primer epígrafe introductorio, procedemos con un segundo en el que presentamos un contexto general sobre la Instrucción Pública en época contemporánea. Nos detenemos en determinados acontecimientos y cambios de gran relevancia para entender el marco temporal en el que nos situamos. Posteriormente, hacemos un somero repaso por el estado de las infraestructuras escolares a nivel general, pero también a nivel local. A continuación, procedemos con el apartado que contiene el grueso de la investigación. A partir de diversas fuentes primarias analizamos la situación de las maestras del municipio de Almería en torno al año 1900. Por último, finalizamos con una serie conclusiones y razonamientos acerca del porqué de la actuación de las docentes.

2. La Instrucción Pública en época contemporánea: un contexto general

En el año 1900, Francisco Silvela, Presidente del Consejo de Ministros, consiguió aprobar su Ley de Presupuestos y, tras ello, llevó a cabo una remodelación de su gabinete; eliminó el Ministerio de Ultramar y el Ministerio de Fomento lo dividió en dos. Por un lado, estaría la cartera de Agricultura, Industria, Comercio y Obras Públicas y, por otro, la de Instrucción Pública y Bellas Artes. Por primera vez, la educación ocupaba el primer plano dentro de la esfera política. El elegido para ser el primero que estuviese al frente de esta última cartera fue Antonio García Alix. Su nombramiento se llevó a cabo el 19 de abril de 1900, un día después de aprobarse por Real Decreto la creación de este ministerio. Un año más tarde, se llevaron a término diversos cambios legislativos, como fueron el Real Decreto de 26 de octubre y la Ley de 31 de diciembre, que mejorarían la situación salarial de los docentes. Esta mejora fue posible por el traspaso de competencias entre administraciones públicas, es decir, las corporaciones locales, ya fuesen ayuntamientos o diputaciones provinciales, dejarían de afrontar el gasto que suponía pagar el salario a los docentes, ya que ahora sería el Estado el que asumiría ese gasto. Sin embargo, la nueva legislación no era de carácter retroactivo y, aunque en adelante los docentes verían aumentados sus honorarios, estos no ingresarían las cantidades que las diferentes administraciones de ámbito local les adeudaban (Martín Zúñiga, 1991; Labrador Herráiz, 2001). Asimismo, con la creación de este nuevo ministerio se amplió la oferta de estudios a los que tenían acceso las niñas, aunque las “labores propias de su sexo” permanecieron adheridas de forma inherente a su educación (San Román Gago, 2019).

Las condiciones económicas de las maestras en términos absolutos mejoraban con la nueva legislación educativa, sin embargo, en términos relativos las maestras encadenaban varias décadas de transformaciones. Durante una parte importante del siglo XIX, las docentes percibían salarios bajos y, además, inferiores respecto a los de sus compañeros. El moderado Claudio Moyano y Samaniego, ministro de Fomento, así lo estableció en la Ley de Instrucción Pública de 9 de septiembre de 1857 (Real Apolo, 2012), por la que los emolumentos de las maestras serían una tercera parte menos de lo establecido para los maestros5. Pasados unos años llegó un periodo de cierta estabilidad política de la mano del bipartidismo entre el conservador Antonio Cánovas del Castillo y el progresista Práxedes Mateo Sagasta. Durante uno de los gobiernos de este último, su ministro de Fomento, Germán Gamazo, promulgó la ley de 6 de julio de 1883 con la que se alcanzaría la equiparación salarial entre docentes (De Puelles Benítez, 1999).

La ley aprobada en la década de los ochenta supuso un hito en materia de igualdad salarial; maestras y maestros percibirían la misma remuneración por desempeñar la misma labor profesional. Sin embargo, las diferencias entre docentes no cesaron en el periodo finisecular y la igualdad plena se postergó hasta bien entrado el siglo XX. Este razonamiento deriva del análisis de las diferentes partidas presupuestarias que se destinaban de forma explícita e implícita a la remuneración del factor trabajo.

En el siglo XIX, los municipios afrontaban el pago de los salarios de los maestros y de las maestras de sus territorios, pero además sufragaban los gastos de la construcción de nuevos colegios y del alquiler de las ‘casas-escuelas’. La legislación de la época no establecía la cantidad a la que debía ascender la dotación para el alquiler y esto pudo originar, como así fue, grandes diferencias entre maestros y maestras, pero también entre alumnos y alumnas.

2.1. Escuelas en el s. XIX: escasez y miseria

En la segunda mitad del siglo XIX, el analfabetismo era considerado uno de los problemas más graves de la sociedad española. La escasa inversión pública destinada a la construcción de escuelas, a la contratación de docentes o a la compra de material escolar, era una de las causas que estaba detrás de los bajos niveles de escolarización y, por ende, de alfabetización. La falta de recursos pecuniarios en el ámbito de la Instrucción Pública no sólo propiciaba el absentismo escolar, sino que, además, dificultaba el aprendizaje de aquellos niños y niñas que sí acudían a las aulas. Las condiciones de los centros en los que daban clase, a veces, rozaba lo deplorable, ya fuese por la escasez de materiales o por las condiciones higiénicas de los locales donde se establecían las diferentes escuelas (Sarasúa García, 2002a). Entre 1830 y 1855, el número de escuelas aumentó en 8.024 aunque hubo muchos ayuntamientos que no establecieron escuelas en sus territorios y eso supuso que a mediados de siglo hubiese 8.935 pueblos sin escuela (Viñao Frago, 1994).

La cuestión de los escasos recursos destinados a la Instrucción Pública debe ser estudiada teniendo en cuenta el diferencial por sexo, ya que las oportunidades de los niños y de las niñas en el ámbito educativo eran diferentes. En la segunda mitad del siglo XIX, la práctica totalidad de los municipios de las provincias españolas contaban con escuela de niños6. Sin embargo, el porcentaje de municipios que poseían escuela de niñas no alcanzaba el 33 por ciento en la mayoría de las provincias españolas. Por otra parte, la existencia de escuelas mixtas favoreció el acceso y la alfabetización de niñas en municipios donde no había escuelas exclusivamente para ellas (Sarasúa García, 2002b). Esta diferencia en el número de escuelas era consecuencia directa de la desigual dotación de recursos públicos que se hacía atendiendo a la taxonomía por sexos. El 69 por ciento de las escuelas de niños se financiaban a través del gasto público, sin embargo, sólo el 40 por ciento de las escuelas de niñas obtenían financiación pública (Sarasúa García, 2002a).

Hay estudios que han ahondado sobre estas cuestiones a partir de cifras de magnitud nacional, pero no deben desmerecerse las investigaciones localizadas en territorios concretos, que permiten conocer y entender, no sólo las singularidades de la zona, sino también la imagen de conjunto. Carmelo Real Apolo (2005), realizó una investigación que le permitió conocer la situación en la que se encontraban las escuelas de niñas y la cantidad que había en el siglo XIX en la provincia extremeña de Badajoz. Su trabajo, realizado a partir de datos y testimonios publicados en el periódico de la época, “El Magisterio Extremeño”, nos permite conocer lo difícil que era para las maestras ejercer su profesión. El estado de las escuelas de Badajoz era pésimo, y las maestras de la zona calificaban de calamitosas y ruinosas las infraestructuras donde ejercían y vivían. Estos espacios, en ocasiones, amenazaban con derrumbarse y, además, eran focos de infecciones por la insalubridad que los caracterizaba. Este aspecto dificultaba la labor docente de las maestras, pero también su dignidad. Por otra parte, Juan José Martín (2022) analizó las diferentes infraestructuras que se emplearon como escuelas a mediados del siglo XIX en una serie de localidades de la provincia de Burgos. Según su trabajo, la mayoría de las escuelas se establecían en las casas consistoriales de los municipios. Así sucedía en Aguilar de Bureba y Ahedo de las Pueblas, por ejemplo. Sin embargo, las escuelas también se establecieron en lugares que, a priori, no habían sido construidos pensando en un uso escolar: atrios de iglesia y ermitas, antiguas construcciones pertenecientes al municipio e incluso lugares que no podrían ser considerados como aptos para el ejercicio de la Instrucción Pública. Ejemplos los de las provincias de Badajoz y Burgos que, a pesar de ser estudios de caso, nos permiten ir hilando una imagen de conjunto sobre el paupérrimo estado del parque de escuelas a nivel nacional y, por ende, de las infraestructuras en las que ejercían y en ocasiones habitaban los distintos docentes de la época. Es por ello, que consideramos fundamental dar a conocer y reconocer la versión de las maestras que ejercieron en aquella época y sufrieron la reducida y desigual dotación para el arrendamiento de infraestructuras en las que poder instruir a sus alumnas. Nuestra investigación se centra en el testimonio de las maestras de las escuelas públicas del municipio de Almería.

2.1.1. Escuelas de Almería en los albores del siglo XX

En el último tercio del siglo XIX, el porcentaje de población analfabeta en la provincia de Almería alcanzaba casi el 90 por ciento. Una cifra muy elevada que a comienzos del siglo XX sólo se había reducido en diez puntos, situándose en el 79,76 por ciento. Esta situación hizo que la provincia de Almería, junto a la de Granada, fuesen los territorios a nivel nacional con mayor tasa de población analfabeta. Dentro de la provincia, la mayor tasa de analfabetismo se daba en los municipios que constituían el partido judicial de Sorbas7, con un 92,06 por ciento. Mientras que, el partido judicial de Canjáyar8 era, con un 82,91 por ciento, el territorio almeriense con menor tasa de población analfabeta. Muy cerca de esa última cifra se encontraba el partido judicial de Almería9 con un 83,41 por ciento en 1860. En el año 1900, esa cifra se redujo hasta el 72,67 por ciento. Sin embargo, ese porcentaje esconde las diferencias entre hombres y mujeres, y es que la población analfabeta masculina era diez puntos porcentuales inferior a la femenina en los territorios pertenecientes al partido judicial de Almería, siendo de un 67,22 por ciento frente al 77,86 por ciento entre las mujeres (Ballarín Domingo, 1988).

La creación de espacios aptos para el establecimiento de escuelas era fundamental para alcanzar mayores niveles de alfabetización, pero la construcción y/o adaptación de infraestructuras para estos fines se vio torpedeada a lo largo del siglo XIX debido a las diferentes coyunturas político-económicas que afectaban directamente a las arcas municipales. A este respecto, también existían diferencias si se trataba de escuelas destinadas a la enseñanza de niños o de niñas, ya que eran inferiores en número las escuelas de ellas y a veces se encontraban en peor estado.

En la segunda mitad del siglo XIX, sólo había escuela de niñas en el 44,1 por ciento de los municipios de la provincia que, aunque era una cifra muy baja, era superior a la media nacional (Sarasúa García, 2002b). Ante la paupérrima situación de múltiples consistorios, algunos intentaban rehuir sus obligaciones para con la Instrucción Pública oponiéndose a la creación de escuelas de niñas. Así, encontramos los casos del Ayuntamiento de Alicún, que mostró su negativa a la construcción de una escuela incompleta para niñas o la intención del municipio de Olula de Castro de suprimir la escuela incompleta de niñas de su localidad que, con anterioridad, había sido reducida de completa a incompleta (Ballarín Domingo, 1986).

A esta circunstancia había que sumarle el mal estado de una serie de locales, casas y edificios en los que se establecieron algunas de las escuelas de niñas de la provincia a consecuencia de lo reducida que era la dotación que percibían las maestras para el alquiler de la ‘casa-escuela’. La creación del Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes en el año 1900 supondría un punto de inflexión a nivel nacional. Sin embargo, en la ciudad de Almería, los cambios tardarían en llegar, sobre todo los referidos a las infraestructuras en las que ejercían y vivían las docentes.

A partir de las cuentas públicas de escuelas del municipio, de denuncias de diferentes maestras, de sus expedientes personales y de informes de la Comisión de Instrucción Pública sobre el estado de las escuelas a comienzos del s. XX, podemos constatar lo deficitarias que eran las condiciones de los espacios donde impartían docencia. Además, podemos, en contra de lo que sostienen algunas teorías sobre brecha salarial de género10, afirmar que las docentes almerienses no mostraron un perfil bajo en lo que a su actitud y/o carácter se refiere, ya que éstas fueron combativas y lucharon por mejoras en las condiciones físicas de sus lugares de trabajo y residencia. Ellas padecieron los efectos de la desigualdad retributiva, entendida ésta como las diferencias que existieron entre los salarios de hombres y mujeres, pero también entre otra serie de pagos en especie con los que se cubría el arrendamiento de las diferentes infraestructuras o se adquiría material escolar, por ejemplo.

3. La inseguridad de las escuelas de niñas frente a la seguridad de las maestras de Almería

Tal y como defiende Cortada (2002), para llevar a cabo un análisis riguroso sobre el proceso de feminización docente es necesario, no sólo estudiar los avances legislativos que se produjeron a lo largo del siglo XIX en materia de Instrucción Pública, sino también detenernos en el relato de las protagonistas. Es por lo que, en un momento de transición del sector educativo, como fue el comienzo del siglo XX, nos detenemos en una serie de reclamaciones y denuncias de diversa índole de las maestras que ejercieron en las escuelas públicas pertenecientes al término municipal de Almería.

Tabla 1. Maestras en nómina del municipio de Almería, 1902

Nombre

Escuela

Salario mensual (pesetas)

SM Base 100 (100=166,67)

Adela Ruiz Hidalgo

Escuela elemental de niñas, Distrito del Norte

166,67

100

Angustias Campiña Povedano

Escuela elemental de niñas, Centro

166,67

100

Carmen Mena Núñez

Escuela elemental de niñas, Distrito del Sur

166,67

100

Elvira Mancebo Torres

Escuela de párvulos

166,67

100

María Nieves Fernández Astorga

Escuela elemental de niñas, Distrito del Poniente

166,67

100

Remedios Tineo Rebolledo

Escuela elemental de niñas, Distrito del Levante

166,67

100

Teresa Benítez del Casco

Escuela elemental de niñas, Distrito del Noreste

166,67

100

Francisca de Paula Jácome Morales

Auxiliar escuela de párvulos

91,67

55

Rosa del Rosal Caro

Escuela elemental de niñas, Cabo de Gata

91,67

55

Manuela Becerra Pérez

Escuela elemental de niñas, La Cañada

68,75

41,25

Teresa Manzano Blanco

Escuela elemental de niñas, El Alquián

52,08

31,25

Clotilde Salvador García

Escuela elemental de niñas, Molinos de Viento

26,04

15,62

Dolores Rodríguez Sánchez

Escuela incompleta de niñas de la Vega

26,04

15,62

Antonia Palomares Jover

Escuela mixta, La Almadraba

22,91

13,75

Fuente: elaboración propia a partir de la información extraída de las nóminas de maestros (1899-1910)11.

En el año 1902, primer año del siglo XX del que se disponen registros de salarios en la provincia de Almería, las mujeres que ejercían como maestras en las escuelas del municipio son las que se recogen en la Tabla 1, con su asignación económica mensual. Tan sólo con esa fotografía ya se aprecian diferencias notables en sus salarios si se trataba de maestras que desarrollaban su labor profesional en la ciudad o en las afueras de ésta. Con respecto a sus compañeros varones hay diferencias que desaparecen en el periodo finisecular como consecuencia de la aprobación de la Ley de 6 de julio de 1883 (Flecha García, 1997: 262) por la que se equiparan sus salarios. Sin embargo, las diferencias entre maestros y maestras no cesaron en su totalidad y ellas se vieron obligadas a luchar con y contra diferentes individuos y administraciones que dificultaban su labor profesional, así como su día a día.

De las 14 maestras de escuelas públicas del municipio de Almería, casi todas sufrieron circunstancias deleznables que las abocaron a estar constantemente luchando por aquello que les correspondía o defendiéndose de acusaciones infundadas. Cada caso alberga determinadas particularidades, sin embargo, existen elementos que nos permiten construir un marco común en el que encajan las vivencias de todas. Algunas de ellas, por ejemplo, alzaron la voz y reclamaron mejoras en los edificios donde impartían clase e incluso residían. Su actitud proactiva y su persistencia les permitirían consolidar los cimientos de las escuelas que en un tiempo ulterior coparían el territorio nacional.

En las próximas líneas nos adentramos en sus experiencias personales a través de la transcripción de documentos consultados en el Archivo Municipal Adela Alcocer (AMAA) y el Archivo Histórico Provincial de Almería (AHPA). El cruce de documentos localizados en ambos archivos nos permite visibilizar de forma cronológica cómo se desarrollaron un conjunto de acontecimientos que afectaron de forma directa en mayor o menor grado a las diferentes maestras de las escuelas del municipio de Almería. El momento elegido por cada una de ellas para interponer las reclamaciones que consideraron oportunas y la forma en la que procedieron nos hace sospechar que pudo existir comunicación entre ellas sobre sus respectivas circunstancias y que ello pudo desencadenar su movilización de forma casi simultánea.

3.1. Adela Ruiz Hidalgo

En 1893, Adela Ruiz Hidalgo, una veinteañera oriunda de Granada, logró por oposición una plaza en la escuela pública de niñas del Distrito del Norte de la ciudad de Almería. Su labor como docente, desde que obtuviese el título de maestra con la calificación de sobresaliente en septiembre de 1892, fue destacada12.

En el año 1901, su escuela tenía una matrícula de 160 alumnas, aunque con asiduidad sólo asistían 75. En torno a una veintena fueron propuestas para ser premiadas por sus buenos resultados, lo cual también es un indicador del buen hacer de la maestra13. Sin embargo, tal y como detalló la Comisión de Instrucción Pública, el inmueble que albergaba la escuela no era del todo apropiado para acoger a un número tan elevado de jóvenes.

“El local aunque aseado con esmero, nuevo y dotado de material, es insuficiente y la estancia de las niñas en él, molesta y nada higiénica”14.

Adela fue más allá de lo académico y en el año 1900 interpuso su primera denuncia. En el breve escrito, dirigido a la Junta Provincial de Instrucción Pública de Almería, la maestra suplicó que se le abonasen las cuotas del alquiler, que desde noviembre de 1898 se le adeudaban15. Es decir, además de no disponer de las infraestructuras apropiadas para el ejercicio de la docencia, Adela no recibía en tiempo y forma la cuantía del alquiler de dicha escuela.

3.2. Mª del Carmen Mena Núñez

La malagueña Carmen Mena Núñez nació el 20 de febrero de 1871. Desde muy joven destacó en lo académico, y prueba de ello es que a la edad de 18 años obtuvo el título de maestra con la calificación de sobresaliente. Un lustro después, esta joven docente llegó a Almería, ciudad que la acogió hasta el momento de su jubilación16. El papel que ejerció Carmen Mena en la ciudad del sureste español, no se circunscribió a su actuación dentro de las aulas, sino que combatió todas las malhadadas circunstancias por las tuvo que atravesar en el desarrollo de su carrera.

En el siglo XIX, los salarios de las maestras eran inferiores a los de sus compañeros. Según el artículo 194 de la Ley de Instrucción Pública de 9 de septiembre de 185717, también conocida como Ley Moyano, sus emolumentos debían ser una tercera parte menos que los de los maestros. Sin embargo, en la práctica existían partidas que agravaban las desigualdades establecidas entre docentes, ya fuese por su ingreso o por la ausencia del mismo. Juan José Martín (2024) enumera una serie de casos en la provincia de Burgos en los que las docentes se ven perjudicadas económicamente atendiendo a diversas variables. Cabe destacar el ejemplo de la localidad burgalesa de Castrojeriz y la villa de Covarrubias, por su similitud con lo que le sucedió a Carmen Mena en el municipio de Almería. En ambos territorios los ingresos de las maestras estaban supeditados a la aportación que hacían los progenitores de las niñas pudientes. Lo cual, además de fijar los salarios de las maestras por debajo de lo que establecía la ley, provocaba elevados niveles de inestabilidad entre las docentes. La maestra, Carmen Mena Núñez, llegó en 1894 a la ciudad de Almería. Dos años después, presentó su primera reclamación frente al ayuntamiento.

“Dª Carmen Mena Nuñez, maestra de la escuela pública de niñas del distrito del Sur de esta capital, provista de cédula personal nº 21340, á V. E. atentamente expone: Que por el articulo 192, de la vigente Ley, tiene derecho al percibo de las retribuciones que deban pagar las niñas no pobres asistentes á su escuela […].

Compensadas dichas retribuciones hace tiempo en la escuela de niños de este distrito, es muy frecuente el caso de que al traer alumnas á la de la que suscribe y exigir la retribución de su enseñanza, arguyen los padres que no deben abonarla y que es una ilegalidad su exigencia, puesto que sus propios hijos, ó vecinos nada pagan por tal concepto en la escuela de niños, dando esto á decisiones y á reproches que van en desprestigio de la Maestra que creen egoísta ó explotadora de su clase […].

Ante tal creencia la recurrente ha cesado en absoluto de pedir retribución alguna á las niñas pudientes y es una de las tres Maestras de la localidad únicas que no disfrutan tan justo emolumento, concedido á todos los demás Profesores y Profesoras de la Capital […].

Almería 9 de Enero 1896

La Maestra

Carmen Mena Nuñez”18.

En su escrito Carmen Mena alude a otro de los artículos de la Ley Moyano, el 192. En este precepto se establece que “los Maestros y las Maestras de las Escuelas percibirán además de su sueldo fijo, el producto de las retribuciones de los niños que puedan pagarlas” (Flecha García, 1997: 136). Sin embargo, no es bien visto que ésta solicite esa cuantía porque en la escuela de niños no se demanda cifra alguna a los padres de los alumnos. Es por esta razón, por la que solicita al ayuntamiento la concesión de un contrato de compensación de retribuciones que le proporcione esos emolumentos, al igual que a otros docentes de la ciudad, pudiendo así evitar pedir dinero a los padres de las alumnas. La solicitud realizada por Carmen Mena fue aceptada19 por el consistorio consignándose en el presupuesto adicional la cantidad de 500 pesetas anuales.

Unos años después de su llegada a la capital almeriense, y tras una primera denuncia por el cobro desigual de las retribuciones procedentes de los niños y niñas pudientes, Carmen Mena denunció la inseguridad de la ‘casa-escuela’ del Distrito del Sur.

“Dª Mª del Carmen Mena Nuñez, Maestra de la escuela pública de niñas del distrito del Sur de esta ciudad provista de su cédula personal nº 4469 á V. E. atentamente expone: […] la clase y la casa-habitación de la Maestra se encuentren en completa inseguridad puesto que dichas ventanas no estan protegidas mas que por los cristales cuando no se rompen á causa de las piedras que en sus juegos tiran continuamente los niños desde el solar fronterizo á esta casa.

El hecho ocurrido en estos últimos días de haber encontrado en la sala de clase dos muchachos que entraron por dichos huecos [...], y por ellos escaparon [...], prueba de modo efectivo que se conoce la situación y facilidad de penetrar en la casa; ni seguridad de la familia que la habita ni la del material de la escuela [...].

Almería 18 Mayo 1899

La Maestra

Mª del Carmen Mena Nuñez”20.

Un año después, en la primavera de 1900, realizó otro llamamiento debido al silencio administrativo.

“[…] habiendo transcurrido el tiempo sin que nada se haya resuelto y siendo cada dia mas urgente su reparación, así como tambien, otras de la casa habitacion de la que subscribe; tengo el honor de dirigirme á V. E. remitiendo copia de la citada solicitud, para que se sirva acordar lo que estime oportuno

Dios que á V. E. guarde muchos años

Almería 28 Abril 1900

La Maestra

Mª del Carmen Mena Núñez”21.

Como respuesta a esta segunda reclamación, el ayuntamiento decidió que un arquitecto acudiese a la escuela de Carmen Mena y comprobase que las deficiencias planteadas por la maestra eran veraces. El arquitecto corroboró la inseguridad de la escuela, así como diversos problemas en las diferentes estancias que la componían.

“Excmo Ayuntamiento

El Arquitecto Municipal al que suscribe en cumplimiento de decreto que antecede se ha personado en la casa escuela publica de niñas del distrito del Sur, situada en la calle de Arapiles nº 14 de esta Ciudad y con efecto ha observado que las dos ventanas del salón destinado á escuela que dan á la calle de Arapiles, carecen de rejas; y que en la casa habitacion de la maestra se encuentran en mal estado la cocina y otra habitacion contigua á la anterior, por las humedades que están percibiendo á consecuencia de estar rotos el tubo de la cañeria del agua y los grifos; conviniendo hacer lo mas pronto posible esta ultima reforma en evitación de perjuicios para la casa y de las molestias consiguientes para los que la habitan […].

Almería 17 Mayo 1900”22.

La Comisión de Instrucción Pública, en vista de la denuncia de la docente y del informe emitido por el arquitecto municipal, propuso al ayuntamiento de la ciudad que instara a la propietaria de la ‘casa-escuela’ a realizar las reformas necesarias para que fuese habitable y seguro el establecimiento que acogía la escuela del Distrito del Sur.

“La Comisión de Instrucción Pública ha visto el expediente de contrato de la casa donde tiene instalada la escuela pública la profesora Dª Maria del Carmen Mena, asi como el dictamen emitido por el señor arquitecto municipal; y con vista de todo ello es de opinión (de) que por la dueña de la casa y por su cuenta, se efectuen las obras y reformas que se solicitan por dicha profesora, en la citada casa, conforme tambien con lo que se propone por el señor arquitecto.

V. E. no obstante acordará lo que estime conveniente

Almería 26 de Mayo de 1900

José de Burgos”23.

La arrendadora del piso, María de Gádor Vázquez, se negó a realizar y a asumir el gasto que suponía hacer las reformas planteadas por la maestra malagueña. En consecuencia, la Comisión propuso el traslado de la escuela a otra ubicación y dar por finalizado el contrato de alquiler con la señora de Gádor Vázquez24.

En 1908, tras la aprobación de diversas disposiciones legales25, Carmen Mena se alió con tres maestras de la ciudad, Adela Ruiz Hidalgo, Luisa Araoz González y Teresa Benítez del Casco para denunciar frente al Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes las prácticas del Ayuntamiento de Almería. La existencia de una denuncia conjunta de estas cuatro maestras demuestra la existencia de comunicación entre ellas, a pesar de ejercer en escuelas situadas en distritos no siempre próximos entre sí.

Adela Ruiz, como vimos en el apartado anterior, era la maestra de la escuela pública de niñas del Distrito del Norte. Teresa Benítez26, natural de Antequera, ejerció durante sus primeros años en Benadalid y Frigiliana, municipios de la provincia de Málaga. Después, la joven andaluza logró por oposición una plaza en la escuela pública de niñas del Distrito del Noreste en la ciudad de Almería. Luisa Araoz González27 nació en Ávila en 1881. Con 25 años logró por oposición una plaza en la escuela pública de niñas del Distrito del Levante. Su buena labor dentro de las aulas no pasó desapercibida para las autoridades. En la hoja de visitas de Inspección y actas de exámenes, el inspector que se personó en su escuela puso en valor las dotes de Luisa a pesar de las condiciones de la escuela.

“La actual Maestra de esta escuela Dª Luisa Araoz se esfuerza por lograr los necesarios adelantos y dado el poco tiempo que lleva ejerciendo su cargo, es de notar lo bien que se hallan sus discípulas en los trabajos de costura. Esta Inspección abriga la confianza de que dado el celo e inteligencia que la Srta Araoz demuestra en el ejercicio de su cargo conseguirá lisonjeros frutos á pesar de las malísimas condiciones pedagógicas del local,

Almería 12 Diciembre 1906

El Inspector, M. Moreno”28.

La nueva legislación propiciaba el establecimiento de escuelas de adultos, y más concretamente de adultas, debido a su reducido número. Las maestras anteriormente enumeradas no solicitaron a la corporación local fondos para establecer clases de adultas debido a la difícil situación económica del consistorio. Sin embargo, estas cuatro docentes, decidieron movilizarse tras la decisión del ayuntamiento de financiar a una maestra de escuela privada para la creación de la escuela de adultas. La cifra que se le concedió fue de 1.250 pesetas. Las maestras de las escuelas públicas alegaron que esa asignación era “ilegal y deficiente”. Hablaban en estos términos porque la legislación vigente en los albores del siglo XX no permitía que los ayuntamientos financiaran escuelas y auxiliares de carácter voluntario, mientras no fuesen completas las escuelas públicas de carácter obligatorio. Asimismo, sostenían que, con la financiación otorgada a la escuela privada, se podrían financiar dos escuelas públicas de adultas, utilizando como ejemplo la escuela pública de adultos que requería de 500 pesetas de asignación económica para el maestro y 125 pesetas para gastos de luz y material. Finalmente, en su escrito, las docentes solicitaron que se incluyera en los presupuestos municipales la partida de 500 pesetas para cada una ellas, así como las 125 pesetas para gastos de luz y material y rogaron que no fuese desestimada su instancia sin antes valorar los beneficios que podría reportar al municipio el establecimiento de clases para adultas en las escuelas públicas de la ciudad29.

La solicitud de estas docentes fue vista de forma positiva por la administración. A pesar de lo duras que fueron con el proceder del ayuntamiento y las claras y rotundas comparaciones que llevaron a cabo en su escrito, las firmantes Carmen Mena, Adela Ruiz, Luisa Araoz y Teresa Benítez, lograron no sólo aquello que solicitaban, sino también el reconocimiento por su actitud y lucha en defensa del acceso a la instrucción pública de la clase obrera.

“[…] la Junta de mi presidencia ha acordado decirles que ha visto con satisfacción el celo que demuestran en favor de la cultura popular, y manifestar al Ayuntamiento el agrado con que verán que en el presupuesto venidero consignara la cantidad necesaria para establecer dicha enseñanza […].

En 20 de noviembre del 1908”30.

3.3. Mª de los Remedios Tineo Rebolledo

Mª de los Remedios Tineo Rebolledo nació en 1870 en el municipio gaditano de Ubrique. A la edad de 30 años llegó a Almería para ejercer como maestra en la escuela de niñas del Barrio Alto (Distrito del Levante)31. Su desarrollo profesional en esta ciudad no fue sencillo; tuvo que lidiar con importantes deficiencias de la ‘casa-escuela’ en la que se instaló.

“Excmo Señor

Dª Mª de los Remedios Tineo Rebolledo Maestra en propiedad de la Escuela pública de niñas del barrio Alto a V. E. respetuosamente expone: Que careciendo el local de la Escuela de espacio para poder contener el crecido nº de niñas que concurren á este centro y no reuniendo ninguna de las condiciones Higienicas ni Pedagogicas que son necesarias para una Escuela por ser grandes los perjuicios que á la constitución física de las niñas se les ocasiona por tener estas que estar sentadas durante el tiempo de clase y no tener esta ademas ni luz ni ventilación como corresponde en un centro de enseñanza y en razón á todo lo expuesto á V. E. suplica se sirva ordenar como corresponde Ayuntamiento de que se vea sí la Escuela puede reunir las condiciones que las disposiciones vigentes tienen mandado.

Es justicia y gracia que espera merecer de la rectitud de V. E. cuya vida guarde Dios muchos años.

Almería 15 de Abril de 1901

Remedios Tineo”32.

El 30 de julio de 1901, la Comisión de Instrucción Pública realizó un informe en el que se recogía el estado de las escuelas públicas de la ciudad. El diagnóstico sobre las condiciones físicas de la escuela que regentaba Remedios coincidió con el contenido de la denuncia que ella misma interpuso meses antes.

“El local escuela es inaceptable y urge en este distrito se ejerza vigilancia por los dependientes del Municipio llamados á ello, para evitar escándalos y abusos y corregirlos en su caso”33.

La contestación que desde la administración se le dio a Remedios fue clara:

“1º Que se dé por rescindido el contrato que existe con el propietario de la casa que hoy ocupa la Escuela D. Pascual Roda, por no reunir las condiciones necesarias al fin á que se destina.

2º Que se autorice á dicha Maestra para que á la brevedad posible haga las gestiones necesarias para mejorar el local y casa-escuela en evitacion de mayores males buscando un edificio adecuado dentro de la cantidad consignada en presupuesto para dicho objeto.

Almería 5 de Octubre de 1901

José de Burgos”34.

Un año después, Remedios comunicó a las instituciones pertinentes que el cambio de la escuela a un nuevo establecimiento generó una serie de obligaciones económicas que tuvo que afrontar ella personalmente. Se trataba del traslado del mobiliario y de una obra menor. Solicitó, pues, que le abonaran la cantidad que tuvo que pagar previamente.

“Excmo Señor

Dª Mª de los Remedios Tineo Rebolledo […] habiendo tenido que hacer obra de dos tabiques y trasladar los enseres de la escuela Suplica encarecidamente a V. E. le abone la cantidad de 100 pst que he tenido que abonar por los susodichos tabiques y por el traslado de los enseres de la escuela.

Almería 2 de Octubre de 1902”35.

Sin embargo, la Comisión no atendió a bien pagar las 100 pesetas que reclamaba Remedios por no haber informado previamente al ayuntamiento.

“La Comisión de Instrucción Publica […] siendo asi que dichas reformas se han hecho sin el conocimiento y ausencia del Ayuntº, propone que de ninguna manera se acceda a lo solicitado por dicha Maestra.

V. E. no obstante acuerde lo que estime mas oportuno.

Almería 2 Diciembre 1902

Juan Abad”36.

Parece evidente que las condiciones físicas del local donde debía instruir a sus alumnas no eran del todo favorables, y que el traslado a otra localización era la solución óptima. Sin embargo, esa opción no iba acompañada del respaldo económico que requería por parte de las instituciones. Remedios sufragó una serie de gastos que posteriormente no le reembolsó la administración.

Los siguientes años no fueron más fáciles para la docente gaditana en el sureste español. En la primavera de 1903 fue desahuciada de la escuela por las deudas que el ayuntamiento de la ciudad había contraído con el arrendador. Ello hizo que Remedios trasladara la escuela, con sus 15 alumnas, a su domicilio particular situado en la céntrica calle Granada. Aunque informó de esta situación en reiteradas ocasiones, un año después Remedios seguía sin disponer de unas infraestructuras acondicionadas para acoger a un grupo de jóvenes en edad escolar.

“Tengo el honor de poner en su conocimiento que desde que fui lanzada del lugar que ocupaba la escuela de mi cargo estoy desempeñando la enseñanza en mi domicilio Calle de Granada nº 161 se lo comunico para su conocimiento y demas efectos

Dios guarde á V. E. muchos años

Almería 26 de Febrero de 1904

Mª Remedios Tineo”37.

A su llegada a Almería, en el año 1900, Remedios no sólo tuvo que afrontar las deterioradas condiciones del inmueble que albergaba la escuela del Distrito del Levante, y todo lo que ello supuso posteriormente, sino que, además, los recursos materiales de que disponía eran inexistentes o su estado no era el que debiera. En las cuentas de la escuela pública que regentaba la malagueña para el año 1901, ésta hizo saber que no había libros para las niñas pobres que acudían a su escuela.

“En esta escuela de levante que me hice cargo el 1º de Diciembre no existe ningun libro ni papel hasta tanto cobre para poder dar libros para todas las niñas que concurran y sean pobres del distrito”38.

En ese mismo documento contable, la docente indicó el estado del menaje con el que ya contaba la escuela. El estado de todos los enseres fue calificado de “regular” o “malo” a excepción de un reloj de pared. A continuación, podemos contemplar el inventario realizado por Remedios.

Imagen 1. Menaje escuela pública, 1901

Fuente: Cuentas de las escuelas públicas de la ciudad de Almería 1900-190139.

3.4. Elvira Mancebo Torres

En la capital almeriense, además de las escuelas elementales en los diferentes distritos, había una escuela de párvulos. Al frente de este centro se encontraba Elvira Mancebo Torres, como maestra, y Francisca de Paula Jácome Morales, como auxiliar. Lo vivido por estas mujeres, especialmente por Elvira, como responsable del centro, durante la primera década del siglo XX, fue todo un periplo para lograr un establecimiento acorde a las necesidades que requería un centro escolar para infantes.

En el año 1903, Elvira Mancebo denunció por primera vez “la carencia de local adecuado para la enseñanza”40 ante las instituciones con competencias. Asimismo, notificó que desde marzo de ese mismo año la escuela permanecía cerrada, ya que tras haber sido desahuciada no disponía de ningún otro local para el establecimiento de la escuela. Esta situación se asemeja a la vivida por la maestra del Distrito del Levante, Remedios Tineo, que también fue desahuciada.

Unos años después, en 1906, el ayuntamiento acuerda el arrendamiento de una casa situada en el número 3 de la calle Cervantes. Sin embargo, cuando Elvira acude al inmueble contempla que el bajo de la casa está ocupado por varias familias. Esta cuestión hace que se demore la apertura del parvulario hasta el verano de ese año cuando la casa es desocupada.

“En el día de la fecha ha sido desocupado el piso bajo de la casa que habito y teniéndose que instalar en el mismo la Escuela de párvulos que tengo el honor de dirigir, lo pongo en el superior conocimiento de V.S. para que ordene al Excmo Ayuntamiento la instalación de dicha Escuela.

Almeria 5 de Julio de 1906

Elvira Mancebo”41.

3.5. Dolores Rodríguez Sánchez

En 1889, una joven Dolores Rodríguez Sánchez, natural de Almería, logró por concurso una plaza como maestra en la escuela elemental de niñas de Vícar. Unos años después, en 1891, accedió a la escuela incompleta de la Vega, perteneciente al municipio de Almería, convirtiéndose en la primera maestra que pasaba por esa escuela al tratarse de un centro de nueva creación. En 1895, esa escuela que regentaba se elevó a completa. Los resultados en la enseñanza logrados por Dolores fueron positivos en todos los lugares en los que ejerció. Según las visitas de la Inspección, en la escuela de Vícar se le dio “un boto de gracia por los adelantos de las alumnas”42 y en la escuela de la Vega se apreciaron “adelantos bastante satisfactorios”43.

Dos años después de incorporarse al centro situado en la Vega de Almería, Dolores procede a realizar una reclamación dirigida a la Junta Provincial de Instrucción Pública. Previamente había elevado otras instancias, pero éstas no habían tenido repercusión alguna. La maestra almeriense no disponía de material en su escuela para poder instruir a sus alumnas, lo que la obligó en enero de 1893 a cerrar las puertas del centro escolar que ni tan siquiera llevaba dos años abierto. Según la docente la asignación económica establecida en los presupuestos para material era insuficiente. Dolores experimentó lo que unos años después la maestra de párvulos, Elvira Mancebo, sufriría como consecuencia de la lenta e ineficiente actuación por parte de las autoridades. En el primero de los casos por la irrisoria dotación de material, y en el segundo por no ser apto el local para establecer la escuela.

“[…] me he visto en la dura necesidad de cerrar por falta de elementos para dar instrucción pues de la escasa cantidad que tiene para material asignada esta Escuela es preciso costear el trasporte de agua por hallarse retirada del local.

Almería 18 Enero 1893

La Maestra

Dolores Rodríguez”44.

3.6. Teresa Manzano Blanco

Teresa Manzano Blanco nació en abril de 1853 en la provincia de Granada. La mayor parte de su vida laboral transcurrió en la escuela elemental de niñas del Alquián, en el municipio de Almería45. El edificio de este núcleo poblacional en el que se instaló la escuela se encontraba en un estado “ruinoso”46 según el informe de la Comisión de Instrucción Pública realizado en 1901. En octubre de ese mismo año, Teresa denunció de manera formal el estado de la escuela en la que ella ejercía. Además, la docente tomó la iniciativa y en su reclamación propuso el traslado a otro emplazamiento siendo ella la que se ocupase de buscar el nuevo alquiler.

“Encontrándose la casa donde está instalada la escuela de mi cargo en esta barriada, en condiciones detestables tanto la habitación de la clase, como las destinadas á vivienda. Lo que puede comprobarse por el informe que á virtud de órden de V. E. emitió el Sor. Arquitecto Municipal declarando la insalubridad y condiciones de dicha casa y existiendo en esta localidad edificios mas adecuados para el caso, lo pongo en conocimiento de V. E. rogando tenga á bien acordar sea trasladada la escuela á otra casa mas apropósito á cuyo efecto si V. E. lo estima conveniente puede autorizarme para alquilar la nueva casa escuela.

Dios guarde á V. E. muchos años.

Alquian 6 de Octubre de 1901

La maestra

Teresa Manzano”47.

Ante la reclamación de Teresa, la Comisión emitió un informe en el que se confirmaba aquello que exponía la docente. El ayuntamiento ante estas notificaciones autorizó a la maestra para que gestionara el arrendamiento de otro local. Sin embargo, no podía excederse de la cantidad establecida en los presupuestos municipales para tal efecto.

“Sesión del dia 21 de Octubre de 1901

Leyose el informe de la Comisión de Instrucción Pública, en el oficio de la maestra de la barriada del Alquian por el que propone la referida Comisión, que en virtud de resultar comprobada la denuncia que hace dicha maestra, debe autorizarse para que arriende otro edificio que reuna las debidas condiciones, siempre que el arrendamiento no esceda de la cantidad que hay consignada para la referida; y el Ayuntamiento acordo aprobar dicho informe”48.

Años después, Teresa Manzano efectuó otra reclamación al Ayuntamiento de Almería. En esta ocasión, exponía la desigual situación económica que existía con respecto a su homólogo varón, el maestro Pedro García Alcaraz. Él era beneficiario de una subvención que ascendía a 540,75 pesetas, mientras que ella, a pesar de su dedicación para con las niñas de la barriada, no ingresaba tal cifra. A pesar de su sucinta y clara exposición, la petición de Teresa fue denegada por la Comisión de Hacienda sin esgrimir el porqué de la negativa49.

“Al Excmo Ayuntamiento de Almería.

Dª Teresa Manzano Blanco Maestra de la Escuela Pública de niñas del Alquian (anejo de esta Capital) con cédula personal de 9º clase nº 1596 expedida con fecha 6 de Julio del presente año; á V.E. con la mayor consideración expone: Que desde el año 1896 viene desempeñando la aludida Escuela de esta Barriada con una matrícula de niñas bastante numerosa y gran parte de ellas debido á las circunstancias de vivir en cortijos distantes de la localidad, permanecen en clase desde las 9 de la mañana á las 5 de la tarde, de que resuelta se vienen dando clases de 8 horas diarias con las indicadas niñas, á satisfacción del vecindario. Como tan crecida matrícula y prolongación de horas de clase ocasionan sacrificios y desvelos dignos de compensación, y teniendo presente que mi digno compañero D. Pedro García Alcaraz goza hace algunos años de una subvención de 540,75 pesetas sin tener derecho á ello mas que la que suscribe.

A V.E. encarecidamente suplica se sirva admitir la presente instancia y darle la tramitación que proceda á los fines que se me otorgue igual subvención á la que disfruta mi referido compañero Sr. Pedro García Alcaraz.

Es gracia que espera alcanzar de la notoria rectitud de V.E. cuya vida guarde Dios muchos años.

Almeria (Alquian) 10 de Octubre de 1910

Teresa Manzano”50.

3.7. Manuela Becerra Pérez

Manuela Becerra Pérez tuvo una dilatada carrera profesional. Ejerció en escuelas públicas, pero también privadas. Accedió al sector educativo a través de tres pruebas de oposiciones; siendo en dos ocasiones la tercera mejor evaluada y en una de ellas la segunda. En 1871, comenzó a dar clase en la escuela pública del municipio de Benahadux y después, en 1874, se trasladó a la escuela de La Cañada, perteneciente al municipio de Almería. Fue en este último lugar donde pasó la mayor parte de su vida.

A comienzos del siglo XX, con 60 años, Manuela fue víctima de un proceso cruel y largo del que fueron partícipes muchas personas a través del engaño. El 21 de junio de 1901, Manuela recibió en su escuela la visita extraordinaria del presidente de la Junta Local de Instrucción Primaria de Almería, el cura de San Pedro. Éste tuvo un proceder poco riguroso cuyo objetivo era lograr la destitución de la maestra.

Era mediodía, concretamente la una y media, cuando el sacerdote se personó en la escuela de Manuela. A esa hora no había alumnas en el centro, ya que durante los meses de verano y para evitar el calor, éstas volvían a casa hasta aproximadamente las tres de la tarde. Lo cual sucedía de igual modo en la escuela de niños de la barriada. Manuela instó al sacerdote a que esperara hasta la hora en la que volvían las niñas para así poder hacerles los exámenes y comprobar la asistencia real, sin embargo, el presidente de la Comisión desestimó la petición de Manuela. Se marchó de forma abrupta y se llevó los libros de actas, asistencia, etc.

Meses después, Manuela recibió el libro de visitas de su escuela. En él, aparecía el acta del 21 de junio firmado por el cura de San Pedro. Fueron diversas las acusaciones que éste vertió sobre la escuela y la maestra, pero Manuela no dudó en defender su honorabilidad y en hacer ver que se trataba de una caza de brujas.

“Grande es el apasionamiento que ha existido en el Presidente de la Comisión que efectuó la visita sin duda por la diferencia de ideas entre dicho Presidente y mi esposo pues este ha sido siempre liberal democrático y aquel retrogrado como la mayoría de los sacerdotes pero jamás ha podido basarse ese acta en un principio de justicia tanto es así que para ello se preparó una sorpresa cual es, la de presentarse en la Escuela Pública al frente de la cual estoy el día 21 de junio à la una y media de su tarde, hora inhábil pues es sabido que en ese tiempo de calor sofocante no se habre la Escuela por segunda vez al dia hasta las tres de la tarde en beneficio de la salud de las niñas pues de otro modo se darían hasta casos de asfixia. […].

Almería 20 de Febrero de 1902

Manuela Becerra”51

Asimismo, Manuela denunció no recibir el mismo trato que su homólogo varón. En palabras de la docente: “encontrándose la escuela de niños en igual caso no ha estampado identica acta a pesar de encontrarse el Profesor tomando el fresco en el terrado de la casa”52. Manuela solicitó a la Junta Provincial de Instrucción Pública que realizaran una visita a su escuela y comprobaran si era así todo aquello que el cura de San Pedro había rubricado en el libro de visitas de su escuela.

Tras la inspección realizada, y a pesar de lo duro que fue el proceso por la implicación de algunos padres de alumnas y el contexto socio-político, el Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes atestiguó que no eran fidedignas las afirmaciones del presidente de la Comisión. Según éste, a la escuela asistían entre 3 y 6 alumnas de forma regular. Sin embargo, había 57 niñas matriculadas de las cuales asistían de forma habitual 45. Según el testimonio de diferentes vecinos, Manuela asistía siempre al cumplimiento de sus labores y aunque en los últimos años y debido a su edad estaba perdiendo visión, dos de sus hijas la auxiliaban siempre sin cobrar nada de las arcas municipales. Una de ellas poseía el título de Maestra Elemental. Además, se pudo comprobar que Manuela presentaba una “buena conducta profesional, moral y religiosa”53, en contraposición a lo que defendía el cura de San Pedro, ya que éste atacó a la docente por no asistir de forma regular a misa y según él fomentar este tipo de comportamientos dentro del aula. En definitiva, el Inspector Miguel Moreno estableció que:

“1º […] se modifique la nota última puesta por la Junta Local en el libro de visitas de la escuela que sirve Doña Manuela Becerra, […].

2º […] manifieste á la Junta Local de Almería que en sus visitas, se atenga respecto á registros de escuela, horas habiles de verificar aquellas, forma legal de certificar sobre el resultado de dichas visitas y demás extremos relacionados con el particular, á lo que preceptúan las disposiciones vigentes.

Almeria 30 Abril de 1902

El Inspector

Miguel Moreno”54.

4. Conclusiones

Nuestro estudio nace con el objetivo de conocer más de cerca y mejor la actuación de maestras cuyo papel fue más allá de instruir a sus alumnas en las aulas. Por ello, consideramos que sus denuncias frente a diferentes instituciones públicas constituyen una fuente documental de capital importancia, ya que sus testimonios, recopilados a partir de sus propias escrituras, son la mejor prueba de aquello que padecieron más allá de la legislación y el contexto social, político y cultural. Nuestras protagonistas, con nombres y apellidos, nos permiten, a partir de su visión, dibujar los que fueron sus escenarios de actuación y cómo el rol que jugaron fue esencial en los prolegómenos de la incorporación masiva de la mujer al magisterio español.

A comienzos del siglo XX eran 14 las maestras que instruían a las niñas que residían en las diferentes localizaciones del municipio de Almería. La mayoría de ellas tenían orígenes que no se circunscribían a la capital almeriense, sin embargo, desde su llegada a la zona más oriental de Andalucía lucharon por todo aquello que creyeron justo y necesario para desarrollar su labor. Mujeres que no sólo denunciaron las depauperadas condiciones en las que ejercían, sino también el agravio comparativo con respecto a sus compañeros varones y la escuela privada. De esta forma se convirtieron en agentes sociales con activa capacidad de negociación y, por supuesto, de resistencia.

El desarrollo de esta investigación nos ha permitido corroborar que una de las quejas más reiterada por parte de las maestras era aquella que giraba en torno a las infraestructuras en las que ejercían y en ocasiones vivían. El adecuado estado de las escuelas era vital para poder impartir docencia sin que se disparara la morbilidad entre los asistentes y se pudiera garantizar su seguridad. Sin embargo, estos locales escolares no siempre reunían las características que debieran para el correcto desarrollo de la instrucción. Esta cuestión, además de suponer el deterioro de la educación de las niñas, podía empobrecer la esfera privada de la docente, puesto que a veces era complejo discernir entre su vida privada y su vida pública. Las obligaciones de las maestras no se limitaban al ejercicio de la enseñanza, sino que se esperaba de ellas el correcto mantenimiento y limpieza del local que regentaban. Con este estudio hemos podido saber que incluso afrontaban gastos de los inmuebles que no les correspondían, y que ponían sus domicilios particulares al servicio de sus alumnas cuando no se contaba con otro espacio. A veces, la gran demora por parte de las administraciones en el pago de los alquileres o en el abastecimiento del material que se requería, ocasionaba el desahucio de las docentes o, que ellas mismas tomaran la iniciativa de cerrar las puertas de la escuela por no disponer de los medios necesarios. Y aunque las instituciones se viesen acuciadas a tomar medidas frente a las reclamaciones de las maestras, las respuestas, no siempre favorables a la petición, se podían postergar durante años.

Asimismo, a lo largo del trabajo, hemos señalado algunas de las diferencias que existían entre maestros y maestras de la época. Lo significativo de esta cuestión reside en que ellas, además de demostrar ser conocedoras de esas diferencias, no dudaron en denunciarlas a través de diversas reclamaciones. En ellas citaban a sus colegas de profesión y las partidas económicas de las que eran beneficiarios, mientras que ellas no. Una actitud valiente y/o arriesgada, ya que denunciar públicamente la desigualdad existente entre compañeros podía generar suspicacias entre ellos. Sin embargo, todo aquello que solicitaban estaba respaldado por la ley, no pedían más de lo que en teoría les correspondía tener. Entonces cabe preguntarse, ¿por qué los avances legislativos no siempre fueron trasladados al día a día de las maestras? La ley cambió, sí, pero no su realidad. Fue su lucha persistente lo que parece que propició la aplicación real de la legislación.

Para actuar de forma decidida, los círculos de confianza y apoyo de las maestras fueron fundamentales, así como la sororidad que comenzó a fraguarse entre compañeras. El ejemplo más destacado es el de la denuncia presentada por cuatro maestras de la ciudad de Almería. Estas mujeres, además de tener una comunicación fluida entre ellas, debían dialogar sobre cuestiones vinculadas a su profesión. Por si fuera poco, estaban informadas sobre los avances legislativos, que de alguna manera podían mejorar sus circunstancias, pero también de las actuaciones del ayuntamiento con otras instituciones educativas del ámbito privado. Entre ellas no sólo tuvo que existir comunicación, sino también debate para poder llegar a acuerdos respecto a la forma de proceder. La denuncia que realizaron de forma conjunta fue contundente en el fondo y la forma y con ella lograron su objetivo y el reconocimiento de las autoridades.

Los casos que hemos visibilizado en estas páginas únicamente describen la situación particular de las maestras de Almería, pero, como hemos indicado anteriormente, los estudios de caso nos proporcionan una pieza más del puzle sobre las circunstancias que atravesaron las maestras de finales del s. XIX y principios del s. XX. Asimismo, este tipo de estudios nos permiten ver cómo se fue fraguando el proceso de feminización del sector educativo, el cual no sólo dependió de los avances legislativos, sino que también fue impulsado por las propias docentes.

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  1. 1 Porcentajes calculados por Pilar Ballarín en BALLARÍN DOMINGO, Pilar (1985): “Situación socio-económica y profesional de los maestros almerienses (1850-1900)”, Almotacín. Revista de la E.U. de Profesorado de E.G.B. de Almería, 5(6), pp. 188-208.

  2. 2 Esta ley contine un artículo único por el que se deroga el artículo 194 de la Ley de Instrucción Pública de 1857.

  3. 3 De aquí en adelante se entenderán todas las cifras en términos nominales.

  4. 4 Según establecía el artículo 191, de la Ley de Instrucción Pública de 9 de septiembre de 1857, los docentes debían disfrutar de “habitación decente capaz para sí y su familia” (Flecha García, 1997: 136).

  5. 5 Los textos legislativos que regulan la Instrucción Pública y las escuelas del siglo XIX en FLECHA GARCÍA, Consuelo (1997): Las mujeres en la legislación educativa…: op. cit.

  6. 6 En provincias como Teruel, Barcelona, Zaragoza o Tarragona, todos sus municipios contaban con escuela de niños.

  7. 7 Los municipios que conformaban el partido judicial de Sorbas eran Alcudia, Benitagla, Benizalón, Lucainena, Níjar, Senés, Sorbas, Tahal, Turrillas y Uleila del Campo.

  8. 8 Los municipios que conformaban el partido judicial de Canjáyar eran Alcolea, Alhama, Alicún, Almócita, Bayárcal, Beires, Bentarique, Canjáyar, Fondón, Huécija, Illar, Instinción, Laujar, Ohanes, Padules, Paterna, Rágol, Terque y Presidio.

  9. 9 Los municipios que conformaban el partido judicial de Almería eran Benahadux, Enix, Felix, Gádor, Pechina, Rioja, Santa Fe, Viator, Vícar y Almería.

  10. 10 Los economistas Eckel y Grossman (2008) sostienen que las mujeres muestran un perfil bajo en lo que a su actitud y/o carácter se refiere y, por esta razón, son menos competitivas y agresivas en el mercado laboral. Esto genera que los hombres accedan a los trabajos con mejores condiciones laborales.

  11. 11 Archivo Histórico Provincial de Almería, caja 1554.

  12. 12 AHPA, caja 51563, documento 19.

  13. 13 Archivo Municipal Adela Alcocer, caja 578, documento 51, f. 4r.

  14. 14 AMAA, caja 578, documento 51, f. 4r.

  15. 15 AHPA, caja 51563, documento 19.

  16. 16 AHPA, caja 51528, documento 4.

  17. 17 “Art. 194. Las maestras tendrán una dotación respectivamente una tercera parte menos de lo señalado a los maestros en la escala del art. 191” (Flecha García, 1997: 136).

  18. 18 AMAA, caja 267, documento 81, ff. 4r-v, 5r.

  19. 19 Ibidem, f. 5r-v

  20. 20 AMAA, caja 578, documento 52, ff. 2r-v y 3r.

  21. 21 Ibidem, f. 1r.

  22. 22 Ibidem, f. 4r-v.

  23. 23 Ibidem, f. 5r.

  24. 24 Ibidem, ff. 7r-v y 8r.

  25. 25 Real decreto de 4 de octubre de 1906 y Real orden del 28 de octubre de 1906.

  26. 26 AHPA, caja 51435, documento 19.

  27. 27 AHPA, caja 51430, documento 12.

  28. 28 Ibidem.

  29. 29 AMAA, caja 733, documento 35.

  30. 30 AHPA, caja 51563, documento 19.

  31. 31 AHPA, caja 51577, documento 27.

  32. 32 AMAA, caja 578, documento 43, f. 1r-v.

  33. 33 AMAA, caja 578, documento 51, f. 2v.

  34. 34 AMAA, caja 578, documento 43, f. 3r-v.

  35. 35 AMAA, caja 593, documento 24, f. 1r-v.

  36. 36 Ibidem, f. 3r-v.

  37. 37 AHPA, caja 51577, documento 27.

  38. 38 AMAA, caja 581, documento 32, f. 77v.

  39. 39 AMAA, caja 581, documento 32, f. 79r.

  40. 40 AHPA, caja 51518, documento 11.

  41. 41 Ibidem.

  42. 42 AHPA, caja 51558, documento 24.

  43. 43 Ibidem.

  44. 44 Ibidem.

  45. 45 AHPA, caja 51518, documento 25.

  46. 46 AMAA, caja 578, documento 5, f. 4v.

  47. 47 AMAA, caja 578, documento 23, f. 1r-v.

  48. 48 Ibidem, f. 3r.

  49. 49 AMAA, caja 553, documento 47, f. 1r-v.

  50. 50 Ibidem.

  51. 51 AHPA, caja 51435, documento 2.

  52. 52 Ibidem.

  53. 53 Ibidem.

  54. 54 Ibidem.